En un contexto en que los recursos energéticos están en el centro de la escena, en territorio bonaerense la implementación de una ley nacional es clave para contener el precio del gas en determinadas regiones. Cómo se implementa tal legislación, las dificultades existentes y quién subsidia el costo. Las tarifas, un punto medular y que inquieta a las autoridades.
El precio de las tarifas de los servicios públicos es un tema álgido que no solo impacta en el bolsillo de la población, sino también es central para las aspiraciones políticas de quienes detentan la administración del Estado. En tiempos de crisis económica, sumado al debate del recorte de subsidios en el marco del acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y las implicancias del conflicto bélico en Europa, la situación cobra mayor relevancia. Particularmente, en la provincia de Buenos Aires, hay regiones que acceden a beneficios por Zona Fría en el servicio de gas. Sin embargo, aparecen algunos detalles a tener en cuenta y que encienden el debate.
En junio de 2021 el Congreso de la Nación sancionó la Ley de Ampliación del Régimen de la Zona Fría (N° 27.637 ) y en agosto de ese año comenzó a implementarse. De esta manera, un total de 4 millones de usuarios (44% del país) y unas 12,8 millones de personas, podrán acceder a beneficios de un descuento de entre 30% y 50%.
La modificación de la iniciativa, que impacta en las provincias de Buenos Aires, Mendoza, San Juan, Salta, San Luis, Jujuy, Catamarca, Córdoba, San Juan, La Rioja y Santa Fe, posee varias particularidades. Una de ellas es que en la versión final de la legislación no se detalla el total de distritos que alcanza. Es que se divide por zonas climáticas y la clasificación es realizada por el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas). Por ese motivo, en territorio bonaerense abarca a 95 municipios (ver más adelante).
Por otro lado, referido al origen del subsidio para costear el beneficio, se prorrogó por 10 años el Fondo Fiduciario de Consumos Residenciales de Gas (artículo 75, Ley 25.565). Se trata de un punto que se aprobó en el año 2022 y que impulsó el establecimiento de una suma adicional que pagan los propios usuarios del gas en la factura."Es un monto ínfimo por usuario y técnicamente no es un subsidio del Presupuesto público", confió una fuente especializada a La Tecla.
En este cuadro de situación, en territorio bonaerense la ley ya se implementa con algunos aspectos positivos y otros que todavía no se resuelven. Para quienes tienen red de gas domiciliaria, el descuento se aplica sin problemas. Pero para las familias que utilizan garrafas, el beneficio no se lleva a cabo.
De esta manera, comienzan a encenderse algunas alarmas a poco de ingresar a la temporada de bajas temperaturas. Mientras tanto, el Gobierno ya habilitó un aumento del 20% en la tarifa.
Contexto mundial, aumento de tarifa y la implementación de la Zona Fría
Liliana Schwindt, actual subsecretaria de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores de la Nación, fue consultada por la La Tecla en torno a la implementación de la ley de Zona Fría en el contexto actual. "Es una ley, el contexto de conflicto bélico entre Ucrania y Rusia no tiene motivos para interferir en una ley por más que el gas aumente. Siempre se va a aplicar el descuento a los usuarios que estén en condiciones de recibir el beneficio", dijo y añadió: "Más allá de que aumente la tarifa, los usuarios siempre van a tener el beneficio".
Asismismo, una de las autoras de la iniciativa, dio a conocer que "el gas de red se implementa sin problemas hace tiempo. Es más, hay gente que le está viniendo cero pesos en la facturación".
De hecho, explicó que "cuando se efectivizó la Ley de Zonas Frías, en julio del año pasado, Camuzzi ya había emitido varias facturas sin sumar el beneficio, que es el descuento sobre el consumo que se estableció".
"Entonces, ese beneficio que no se aplicó en su momento, se suma de forma retroactiva en algunas facturas que llegaron en febrero".
No obstante, aclaró que "son algunas facturas, no todas, y solo de los usuarios que no recibieron el beneficios durante los primeros meses de Zonas Frías".
Garrafas: las dificultades para acceder al beneficio
Alejandro “Topo” Rodríguez, diputado nacional, otro de los autores de la Ley de Zonas Frías, realizó declaraciones a La Tecla y expresó que "la implementación de los descuentos en gas envasado sigue pendiente. Corresponde hacerlo porque lo marca la ley; y es importante que la Subsecretaría de Energía de la Provincia informe a la comunidad, a los usuarios y a los municipios en qué estado está el trámite y cuándo se harán efectivos los descuentos”.
En este aspecto, la ley nacional estableció que los gobiernos provinciales deben cumplimentar los requisitos para hacer efectivo el régimen de precios diferenciales del gas de garrafa, cilindro o gas licuado de petróleo a granel incluidos en la ley 27.637. Asimismo, cada provincia tiene que definir con los distribuidores locales el método de implementación de las compensaciones.
En tanto, la normativa, también ordenó realizar un registro de usuarios que se encuentren dentro de los límites jurisdiccionales que correspondan, hagan un uso doméstico del gas, y no tengan acceso a las redes de gas natural o de propano Indiluído y no se encuentren inscriptos en el Registros de Beneficiarios de Programa Hogar o Registro Especial de Beneficiarios de Programa Hogar.
Al mismo tiempo, las autoridades provinciales tiene que resolver la metodología de implementación de los beneficios derivados de la ley. Las mismas pueden ser a través de cupones, bonos, tarjetas magnéticas y/o con chip o a través de distintos medios tecnológicos.
¿Avanzan las gestiones del Gobierno bonaerense?
Ante las dificultades para implementar el descuento a los usuarios de garrafas, a raíz de distintas consultas de La Tecla, trascendió que el Gobierno bonaerense se encontraría con gestiones avanzadas tanto con las autoridades nacionales como con los proveedores provinciales.
También se supo que, en la misma línea, se dieron ciertos pasos para concretar la aprobación de un registro de usuarios de gas envasado de la provincia de Buenos Aires. Al mismo tiempo, además se estima que de cara a la implementación del beneficio y el pago, se apuntaría a la utilización de dispositivos tecnológicos.
Hasta la semana pasada, el beneficio para este sector poblacional no se encontraba vigente. Se trata, en su mayoría, de familias de sectores vulnerables con viviendas precarias y con acceso a programas de transferencia monetaria por parte del Estado.
Tarifas y subsidios en tiempos de crisis: el impacto en la política
La consultora Analía del Franco dialogó con La Tecla y manifestó que el precio de las tarifas atado a los subsidios para quienes gobiernan “siempre es una preocupación. En muchos casos no se han levantado subsidios para no generar un impacto negativo”.
“Es una situación difícil para ellos, pero después se acomodan. Por eso no hacen una quita de subsidios a mansalva, buscan una segmentación y algunos sectores seguirán subsidiados”, añadió.
Luego recordó que “en el Gobierno de Mauricio Macri hubo muchos rechazos” cuando se aumentaron las tarifas y añadió que “cuando sacan los subsidios hay impactos negativos, pero el deber ser la gente en general dice que no hay que subsidiar”.
Entonces, del Franco manifestó que “hay una postura irracional que se expresa en la crítica a las acciones que se llevan al respecto”. A su vez, sostuvo que “vamos a ver qué dicen los que decían que había que acordar con el FMI cuando se empiezan a reducir subsidios”.
También habló sobre una respuesta promedio que se encuentra en la población, y dio a conocer que "la gente dice 'me sacan el subsidio a mi, pero siguen gastando en planes sociales, en definitiva debo seguir subsidiando a otros'".
Zona Fría: quiénes son los beneficiarios para la tarifa de gas*
Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.Titulares de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a cuatro (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.Usuarios y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a cuatro (4) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en cuatro (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo.Electrodependientes, beneficiarios y beneficiarias de la ley 27.351.Usuarios y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares de la ley 26.844.Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.itulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.*La tarifa diferencial establecida en la presente ley no excluirá los beneficios otorgados por otras normas.
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