El Gobernador de la Provincia de Corrientes Dr. Horacio Ricardo COLOMBI, por Decreto Nº 2231, estableció la Aprobación del Acta Complementaria N° VIII, del Convenio Marco suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Corrientes y la Entidad Binacional Yacyretá, con sus Anexo I y Anexo II, en el mismo acto administrativo.
La normativa tiene por objeto la administración y manejo de las Reservas Compensatorias de la represa hidroeléctrica.
El presente decreto es refrendado por la Ministra de Turismo de la Provincia y será publicado en el Registro Oficial, comunicando simultáneamente a la Entidad Binacional Yacyretá.
El Gobierno Provincial a través del Ministerio de Turismo, en la Ciudad de Posadas firmó el 17 de Junio de 2015 el Acta Complementaria N° VIII, año 2015, conforme lo viene realizando en el Convenio Marco vigente y con los procedimientos que se siguen desde la creación del Ministerio de Turismo, entre el Director Ejecutivo de la Eby, Arquitecto Oscar A. THOMAS y la Ministro de Turismo de la Pcia de Corrientes , Arquitecta Inés PRESMAN.
Dicha Acta Complementaria N° VIII, tiene por objeto la administración y manejo de las Reservas Compensatorias de la represa hidroeléctrica Yacyretá año 2015, para la Reserva Isla Apipé Grande y Santa María y unidades de conservación Galarza, Ibera, Yaguareté Cora, Cambý Retá e Itatí. Cabe señalar que la Autoridad de Aplicación es la Dirección de Parques y Reservas, de dicho Ministerio, la que se halla a cargo del Dr. Vicente FRAGA.
Para la elección de estas áreas, se consideró como prioritario, que las mismas fueran representativas de los terrenos inundados y que protejan una superficie igual o superior a la alcanzada por el embalse.
Estas áreas de compensación están protegidas legalmente, por normas de la provincia de Corrientes, aportando la Entidad Binacional Yacyretá, los recursos necesarios para el equipamiento, gastos de operación, mantenimiento y estudios ambientales.
Las tareas de operación y mantenimiento de estas reservas, son ejecutadas en conjunto por la Provincia de Corrientes y la Entidad Binacional Yacyretá, a través del Convenio Marco y sus respectivas Actas Complementarias.
Desde el Departamento de Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y desde la Secretaría Legal y Técnica del Ministerio Secretaría General de la Gobernación, se gestionó la norma legal, de aprobación del ACTA COMPLEMENTARIA N° VIII, del CONVENIO MARCO ENTRE EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES Y LA ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA.
Cabe señalar que la plena normalización de las “Compensaciones de la Eby” propuestas en dicha Acta Complementaria, forman parte de los Ejes de Gestión del Gobierno Provincial y del Ministerio de Turismo, bajo cuya órbita se hallan las actuaciones de referencia, teniendo a la Dirección de Parques y Reservas como Autoridad de Aplicación.
El Ministerio de Turismo y sus respectivas Jurisdicciones avanzan ya de manera anticipada a fin de lograr para el Acta Complementaria 2016, mayores beneficios para las Reservas Compensatorias de la Represa Hidroeléctrica Yacyretá en territorio correntino.
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