El Gobernador apunta a ceder y regularizar terrenos para familias que en la actualidad se encuentran ocupándolos de manera precaria. En Provincia remarcaron que se trata de una prioridad de gestión. Se hará entonces la división y parcelamiento. Luego, se diagramará la urbanización y construcción de viviendas.
El Gustavo Valdés promulgó las leyes 6.541 y 6.542, mediante los decretos 1.961 y 1.962 mediante los que se declara de utilidad pública y sujetos de expropiación a terrenos de los barrios capitalinos Quilmes y Molina Punta.
Desde el Gobierno destacaron que se trata de una nueva acción concreta del Gobernador, tendiente a reforzar uno de los puntales de su gestión, relacionado con luchar contra el histórico déficit habitacional.
Los predios serán cedidos y regularizados. En la actualidad se encuentran ocupados por familias que viven de manera precaria.
En los detalles brindados a través de Información Pública, se dejó en claro que los terrenos (del barrio Quilmes), según la información catastral y plano de mensura respectivo, "en el Registro de la Propiedad del Inmueble de la Provincia figuraba desde el año 1998 a nombre de las señoras Marisa Silvia Picchio, María Cristina Picchio, Ada Graciela Picchio y/o quien resulte propietario".
En cuanto a la apoyatura normativa, resulta necesario mencionar que este tipo de medidas (de expropiación y utilidad pública) tienen por objeto la división y parcelamiento de los inmuebles a los fines de su donación a los actuales poseedores o tenedores, la formulación y ejecución de acciones de urbanización y la erradicación de las viviendas precarias existentes y posterior construcción de viviendas.
Para ello, se faculta al Poder Ejecutivo a que, a través del Instituto de Vivienda de Corrientes, en coordinación con la Dirección General de Catastro y Cartografía de la Provincia, lleven adelante las acciones tendientes al parcelamiento y deslinde de los inmuebles, el procedimiento de verificación del estado de ocupación del inmueble, la determinación de los donatarios y planificación de las acciones de urbanización. Finalmente, el artículo 4, determina que la Escribanía de Gobierno tomará la intervención que le asigne su competencia.
Esta legislación fue promulgada por el Decreto Nº 1.961 y se publicó este lunes 19 en el Boletín Oficial, suscripta por Valdés y refrendada por el ministro secretario general de la Gobernación, Carlos Vignolo.
Y en el decreto 1.962, el mandatario provincial promulgó la Ley Nº 6.542 que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles del Molina Punta. En este caso se trata de un predio con una superficie de 38.642,40 metros cuadrados, que excluye el lote en posesión de la señora Teresa Haires y una parcela que estaría inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de la Asociación de Obreros y Empleados Municipales.
"De esta manera, el Gobernador de la Provincia da cumplimiento al compromiso asumido de resolver la problemática que afectaba a familias de estos barrios capitalinos, que a partir del cumplimiento de estas legislaciones van a tener certeza respecto de sus propiedades y contar con la posibilidad concreta de acceso a la vivienda", destacaron desde el Gobierno provincial.
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