La dependencia empezó a trabajar cuestiones relacionadas con temas previsionales vinculadas a los retiros transitorios por invalidez y algunas cuestiones específicas en materia de pensiones.
Esa dependencia empezó a trabajar cuestiones relacionadas con temas previsionales vinculadas a los retiros transitorios por invalidez y algunas cuestiones específicas en materia de pensiones.
Al respecto, Méndez consideró que "la novedad es que las personas que necesiten hacer este tipo de trámites ya no tendrán que viajar a las localidades de Azul, Olavarría, Mar del Plata o Bahía Blanca, como lo venían haciendo hasta ahora, ya que podrán hacerlo en la oficina de la SRT en nuestra ciudad".
¿Qué son los Retiros por Invalidez?
Los retiros por invalidez son un tipo de prestaciones que le corresponden tanto a trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia o autónomos que no alcanzaron la edad para acceder a la jubilación ordinaria y que tienen una incapacidad laboral física o intelectual superior al 66%.
REQUISITOS
- Tener una incapacidad física o intelectual del 66% o más. Este porcentaje lo define la junta médica que efectúa la evaluación.
- No haber alcanzado la edad y los años de aportes establecidos para acceder a la jubilación ordinaria.
- Cumplir con la condición de "aportante regular" o "aportante irregular con derecho".
- Esta prestación es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia.
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