Pérdidas ocasionadas por las lluvias
Hasta el pasado viernes, solo 20 productores habían entregado las planillas solicitando ser incluidos en Emergencia y/o Desastre Agropecuario de un total de 60 que habían retirado los formularios en la Secretaría de Producción y Cazma de la Municipalidad de Chivilcoy. En la evaluación realizada por la comisión local de Emergencia Agropecuaria para elevar el reclamo de esta medida a la Provincia, había estimado que unos 120 productores podían llegar a ser los posibles afectados por los anegamientos de sus campos debido a las importantes precipitaciones caídas en el distrito en lo que va del año, número surgido de situaciones similares ocurridas en años anteriores. El responsable de la Secretaría de Producción y Cazma, Ing. Carlos Cadavid, explicó que al momento de realizar dicho anuncio, 'se hizo a partir de una necesidad concreta de la Emergencia y además porque la Provincia nos da también la posibilidad de solicitar la categoría Desastre Agropecuaria, y ahora estamos recibiendo todo tipo de información de los productores'. El funcionario aclaró que no hay un plazo de presentación y aunque el próximo vencimiento del Inmobiliario Rural es el 8 de agosto, 'en realidad, la gente que se presenta en Emergencia es porque no lo puede pagar'. En este sentido aclaró que al otorgarse al productor la Emergencia Agropecuaria, le da la posibilidad de diferir el pago 180 días mientras que con la figura de Desastre Agropecuario no paga los tributos provinciales, durante el período establecido. Cadavid dijo que hasta el pasado viernes, unos 20 productores fueron los que presentaron sus declaraciones juradas sobre la afectación de sus parcelas, aunque hubo unos 60 que retiraron las planillas. El funcionario dijo que años anteriores, 'la demanda fue mucho más importante, muy superior e inmediata'. Asimismo, aclaró que para ser declarado en Emergencia, el productor debe justificar que tiene entre un 50 y un 80 por ciento de pérdidas en la parcela afectada por la inundación y recibe el beneficio de un diferimiento de los tributos provinciales y bancarios de entidades estatales; y arriba del 80% de afectación se considera Desastre y es el no pago de los tributos.
Comentá la nota