El fiscal concluyó que el hecho no existió. Ninguna prueba corroboraría la sospecha que planteó una enfermera.
En los Tribunales de Río Cuarto se da por hecho que ante tal requisitoria desde la acusación, el sobreseimiento quedará en firme en los próximos días.
El fiscal que lo había imputado, por sospecha leve, de homicidio clasificado por alevosía, concluyó que el hecho denunciado “no se cometió” y parece indicar que la enfermera pudo haberse equivocado.
Para Di Santo, la denunciante recurrió a la Justicia porque “creyó” estar en presencia de un hecho doloso. Aclara que estaría probado que la enfermera no quiso perjudicar al médico porque a lo que creyó ver lo contó de inmediato a su supervisora, y no tenía ningún conflicto privado ni institucional con Isa ni con la clínica.
Peritajes. Las pericias no pudieron determinar si los pacientes fallecidos habían sufrido una inyección de potasio en bolo, como dijo la enfermera al presentar su denuncia. Lo que se corroboró es que los internados recibieron clonazepan y morfina, una sedo analgesia que el médico admite haber colocado.
Para el fiscal, además, las historias clínicas de los pacientes hacían previsibles sus decesos, sin necesidad de que hubiera otra causa adicional.
Fue determinante para la resolución que, “salvo las impresiones de la denunciante, ninguno de los presentes (otra enfermera y un residente de terapia) dijo haber observado al médico manipular ni menos colocar potasio en vena a los enfermos”.
En su resolución, Di Santo consideró “agotada la posibilidad de incorporación de nuevos elementos de juicio, emerge huérfana de toda acreditación razonable la denuncia presentada en contra del imputado”.
La denuncia de la enfermera fue radicada hace dos meses.
Los pacientes fallecidos a los que aludió eran una mujer de 42 afectada de lupus, con shock cardiogénico, y un hombre de 67 con un ACV hemorrágico con hematoma y neumonía.
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