La cámara alta avanzará este miércoles con el tratamiento, en sesión ordinaria, de algunos de los proyectos anticorrupción impulsados por el poder ejecutivo, aunque sólo dos de ellos serán convertidos en ley, ya que el que incluye la figura del “arrepentido” volverá a diputados con varias modificaciones.
La iniciativa llegó a la Cámara alta acompañada por la que creaba la “extinción de dominio” para casos de corrupción, narcotráfico y delitos de lavado de dinero. Sin embargo, esa norma continuará siendo debatida en el Senado ya que los legisladores consideraron que necesita muchos cambios.
El proyecto de Ley del Arrepentido incluye a aquellos individuos que puedan ayudar a la justicia en la investigación del delito que hubieran cometido.
Entre las modificaciones que le hicieron los senadores figuran que el acusado sólo puede brindar información que debe resultar veraz, hasta el momento en que la Justicia decide elevar a juicio la causa por la que está investigado.
Además, sólo puede señalar como integrantes de la organización que llevó a cabo el delito solamente a sus pares o a sus superiores.
De este modo, la ley del Arrepentido, que ya existe en el Código Penal para casos de Narcotráfico, regresará a Diputados que tendrá dos caminos: insistir con la sanción original o aceptar los cambios impuestos en el Senado.
La iniciativa sobre “extinción de dominio”, en cambio, fue dejada de lado por los legisladores. La decisión se tomó tras varias reuniones privadas entre los senadores más representativos de la Cámara, como el presidente provisional, Federico Pinedo, el jefe del bloque kirchnerista, Miguel Angel Pichetto, y el presidente de la bancada radical, Angel Rozas.
Sin embargo, con la anuencia del presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, Pedro Guastavino, se determinó que la cuestión continuará siendo estudiada, ya que los legisladores pretenden obtener un dictamen unificado.
La diferencia entre el Pro y el resto de las bancadas radica en la doble formulación de fueros que la iniciativa impulsada por el diputado del Frente Renovador Sergio Massa impone, ya que, según la norma, el fuero penal es el que sanciona al delincuente, mientras que el fuero civil es el que dispone de los bienes obtenidos mediante el usufructo del ilícito.
Mientras la opinión de Pinedo es que ese capítulo salga igual, el resto de las bancadas cree que podría resolverse mediante una acción civil dentro del proceso penal.
Por otro lado, el miércoles el Senado convertirá en Ley el proyecto que crea una Agencia de Información Pública ante la cual cualquier persona tendrá el derecho a solicitar y a recibir del Estado información completa, adecuada, oportuna y veraz.
La nueva oficina estará integrada por representantes de todas las áreas del Estado, que serán designadas por el Ejecutivo previo concurso de oposición y antecedentes, y con posibilidad de remoción.
Además, establece como características principales el principio de legitimación amplia.
El Estado tendrá 15 días para proveer la información solicitada, con posibilidad de prorrogar el plazo por 15 días más una sola vez.
En caso de no recibir respuesta en tiempo y forma, el solicitante podrá reclamar por vía administrativa o judicial.
Asimismo, establece la creación de un órgano de aplicación por cada poder del Estado con autarquía y con funcionarios elegidos por concurso y sistema de impugnaciones.
La iniciativa, en caso de ser aprobada, regirá para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, el Ministerio Público Fiscal, organismos centralizados, descentralizados, empresas, sociedades estatales y cualquier entidad privada que reciba subsidios o aportes del Estado Nacional.
Finalmente, el Senado también debatirá un proyecto de ley que incorpora la figura de “flagrancia”, cuando el autor de un delito es aprehendido en el momento de cometerlo.
Se podrá utilizar para aquellos ilícitos con penas menores a quince años y el objetivo es que se realicen juicios abreviados y con una rápida condena.
En ese sentido, el texto de la norma que también podría ser ley, establece que el detenido será trasladado ante el juez a fin de participar de una audiencia oral inicial de flagrancia que deberá llevarse a cabo dentro de las 24 horas de la detención, prorrogables por otras 24.
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