El debate sobre los últimos casos de inseguridad que habrían tenido como autores a menores, fue considerado por la ministra Cáceres, quien pidió hablar de una reforma integral sobre el régimen penal y no tan solo a aspectos parciales sobre el mismo.
Recordó la titular de la cartera de Gobierno, que la responsabilidad penal de los menores de edad es regulada por la Ley N° 22.278, la cual establece que un menor de edad, es penalmente responsable, para los supuestos de delitos de considerable gravedad, a partir de los 16 años de edad, en tanto que la plena responsabilidad penal, es decir la imputabilidad para todos los delitos se adquiere a los 18 años edad, conforme el texto de la citada Ley.
La ministra de Gobierno, María Lidia Cáceres.
El problema y su discusión acontecen cuando un menor que aún no ha cumplido 16 años se presenta como autor de un hecho delictivo previsto en el Código Penal. En este caso el menor no es penalmente responsable y debe ser sometido a un proceso particular de naturaleza tuitiva previsto en el texto de la Ley Nacional N° 22.278, proceso éste que corresponde a la órbita de la Justicia del Menor de la Provincia y cuyas resoluciones se efectivizan en la esfera de desarrollo social de este margen; en un trabajo conjunto y articulado en pos de garantizar la satisfactoria evolución del menor y salvaguarda, al mismo tiempo, las legítimas expectativas de la comunidad.
Es por ello que la ministra indicó que “debatir exclusivamente sobre la necesidad de reducir la edad de la imputabilidad penal, es solo una de las fases del conflicto que deben ser tratadas, ameritando la búsqueda de la solución un debate integral que englobe las pertinentes reformas legislativas, que como legislación marco es esfera del Congreso de la Nación, el establecimiento de institutos modernos y adecuados a la formación del inculpado y, fundamentalmente, la implementación de políticas de inclusión social y contención que generarían una red de prevención”.
“Es pertinente, en el propuesto debate, considerar en equilibrio las expectativas de la sociedad y los derechos de los menores sin la creación de estereotipos en uno u otro sentido”, recalcó Cáceres. Sobre esto aseguró que se entiende que el cumplimiento de las normas es imprescindible para el desarrollo armónico del tejido social, sin que ello no implique la implementación de regímenes de fondo ni de forma que limiten las garantías de los menores encausados, máxime cuando ellos deben tender a la recuperación de los menores.
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