La llegada de Martín Insaurralde y Leonardo Nardini al gabinete de ministros de Axel Kicillof, generará un movimiento hacia el interior de los municipios. De acuerdo a la Ley Orgánica de las Municipalidades, quiénes serán los nuevos intendentes.
Luego de una semana a pura reunión con intendentes que le transmitieron sus reclamos e inquietudes, este domingo por la tarde el gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof dispuso la reformulación del gabinete provincial
En primer lugar, al frente de la Jefatura de Gabinete de Ministros será designado Martín Insaurralde, en reemplazo de Carlos Bianco que será designado Jefe de Asesores del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
En tanto que el Ministerio de Infraestructura y servicios públicos quedará a cargo de Leonardo Nardini que sucederá a Agustín Simone, que recalará al frente del Instituto de la Vivienda.
Qué pasará en los municipios
En el caso de Lomas de Zamora, ahora que su histórico intendente, Martín Insaurralde dejará el cargo, asumirá su cargo de manera interina Marina Soledad Lesci, segunda concejal en la lista que la llevó a su cargo en las elecciones de 2019.
La particularidad que se da en Lomas es que debería acceder el primer concejal de la lista que triunfó hace dos años. Pero ese lugar lo dejó disponible Santiago Carasatorre, que falleció en mayo de 2020.
Actualmente Marina Lesci se desempeña como Presidenta del Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora.
En el caso de Malvinas Argentinas, Noelia Rocio Correa, primera concejala en la lista que llevó a Leonardo Nardini a la intendencia en 2019, sería quien debiera asumir como interina en el cargo de la intendencia.
En este momento se desempeña como Secretaria de Servicios del Municipio de Malvinas Argentinas.
Cómo es la sucesión en el cargo de intendente
En el artículo 15° de la Ley Orgánica de las Municipalidades se establece que: En la fecha que legalmente corresponda para la renovación de autoridades el Intendente electo tomará posesión de su cargo. Cuando por cualquier circunstancia, temporaria o permanente, el Intendente electo no tomara posesión de su cargo, lo reemplazará en forma interina o permanente, según sea el caso, el primer candidato de la lista de Concejales del partido al que perteneciera, que hubiera sido consagrado conjuntamente con aquél.
En caso de fallecimiento, excusación o impedimento del primer candidato, lo reemplazará el segundo y así sucesivamente. En el caso de suspensión preventiva, asumirá durante el lapso que dure la misma, el primer Concejal de la lista a que perteneciere y que hubiere sido electo conjuntamente con aquél, y de estar imposibilitado éste, el segundo, y así sucesivamente, que hubieran sido electos conjuntamente con aquél.
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