Finalmente las cinco comunas y el Gobierno provincial llegaron a un acuerdo con el presidente del STJ, Guillermo Semhan. Ahora resta que el cuerpo colegiado homologue lo pactado para que con fuerza de sentencia se notifique a las partes.
Al finalizar la reunión que duró por más de una hora, el asesor legal de los municipios, Justo Pío Sierra, y el Fiscal de Estado, Carlos Pila, afirmaron en declaraciones a los medios que "acá triunfaron las instituciones".
STD 1508/14
"MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CORRIENTES C/ ESTADO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES S/ CONFLICTO DE PODERES"
ACTA DE ACUERDO
En la ciudad de Corrientes, a los 25 (veinticinco) días del mes de septiembre de dos mil catorce, siendo las 18.00 (dieciocho) horas, se reúnen en la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia con la presencia del Dr. Guillermo Horacio Semhan, asistido del Sr. Secretario Jurisdiccional N° 3 Dr. Martín José Bella, con la intervención del Secretario del Centro Judicial de Mediación Dr. Miguel Antonio Benítez en su calidad de especialista en métodos alternativos de resolución de conflictos, estando presentes por la parte actora, los doctores Justo Pío Sierra, Magdalena Vicente Reparaz y Carolina Landi Diaz Colodrero y por la parte demandada: el Dr. Carlos Alberto Pila en su calidad de Fiscal de Estado de la Provincia, Dr. Jorge Oscar Alberto Schuster como Director de Representación Judicial, el Dr. Luis Eduardo Rey Vázquez Procurador del Tesoro, continuando con el diálogo entablado entre las partes, arribando al siguiente acuerdo sujetándose a las cláusulas y condiciones siguientes:
PRIMERA: Que "La Actora" ha deducido Acción por conflicto de Poderes contra "La Demandada" en trámite por ante esta Secretaría Jurisdiccional, encontrándose el incidente de medida cautelar en estado de resolver, mediante el pertinente llamamiento de autos dictado por el mencionado alto Tribunal.-
SEGUNDA: Que a fin de arribar a una justa composición que contemple los intereses de "Las partes", las mismas acuerdan:
1) Suspender el trámite del procedimiento del Juicio principal con su respectivo incidente, hasta la aprobación del proyecto de Ley elevado por el Bloque de Senadores de Encuentro por Corrientes a la H. Legislatura identificado con Expte. Nro. 5312 -14.-
2) “La Provincia” procederá a habilitar la acreditación de las sumas depositadas por ante el Banco de Corrientes S.A., correspondiente a los montos del punto extra contemplado según el ordenamiento jurídico vigente y el goteo diario a partir de la homologación del presente acuerdo.
3) Las partes declaran que, una vez aprobado el mencionado proyecto, nada más tendrán que reclamarse en forma recíproca bajo ningún concepto.-
Sin otro más que tratar se da por finalizada la audiencia. Firmando todos los presentes de conformidad en este acto.
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