Con la nueva regulación, aquellas empresas que generen grandes cantidades de residuos sin hacer una separación de origen, serán multadas. También se incluyen Mostaza, Carrefour y Día, entre otros.
En el territorio bonaerense, se sancionará a las empresas que superen cierta cantidad de residuos, y que en consecuencia de esto, no cumplan con la separación de origen, presentando un plan de gestión que indique el destino final de estos desechos, como lo determina en la Resolución 317/20 de la provincia de Buenos Aires.
Las cadenas alcanzadas y que podrían recibir multas que rondasn cerca de los 30 millones de pesos, son: Supermercados Día (350 sucursales), Mc Donalds (92 sucursales), Mostaza (70 sucursales), Carrefour (67 sucursales), Toledo (37 sucursales) y Maxiconsumo (11 sucursales).
Cabe recordar que la Resolución 317/20 establece que los supermercados, hipermercados, shoppings, galerías comerciales, establecimientos de servicio u hospedaje, comercios, centros de distribución, universidades públicas y privadas y dependencias de la administración pública provincial, que generen más de una tonelada de residuos al mes, deben separarlos en origen.
Esta norma, que entró en vigencia el 1 de marzo de este año, determina que estos “generadores especiales de residuos sólidos urbanos” están obligados a presentar un plan de gestión que detalle la capacitación al personal, la separación de los residuos y el convenio con un “destino sustentable” para la disposición final.
Juan Brardinelli, director ejecutivo de OPDS, sostuvo: “Para impulsar esta política pública organizamos desde la Gestión provincial más de 40 mesas ambientales en municipios, de las que participaron funcionarios municipales, empresas de comercios y servicios, cooperativas de recuperadores urbanos, universidades nacionales”.
Además, el funcionario agregó: “reuniones técnicas con cada cadena de supermercados para facilitar el proceso de inscripción, y contemplando los procesos de adecuación se extendieron los plazos de presentación al 30 de noviembre”.
Sin embargo, debido a la falta de cumplimiento de la Resolución 317/20 por parte de algunas cadenas de supermercados y restaurantes de comidas rápidas se inició el proceso sancionatorio impuesto por la Ley de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (Ley provincial N° 13.592). El acatamiento de la norma fue previamente intimado mediante carta documento.
Economía circular
En todo el territorio bonaerense, hay más de 600 tiendas de supermercado obligadas a cumplir con la normativa. Se estima que un supermercado puede generar unos 7000 kg de cartones al mes y un hipermercado unos 25.000, y además se descartan plásticos, vidrios y metales.
Para una correcta gestión de los descartes, se reduce los residuos a disponer y genera trabajo e insumos para nuevos procesos industriales, lo que se llama una economía circular con inclusión social.
Otras medidas
A partir de la puesta en marcha de la Resolución 317/20, se presentaron y finalizaron un total de 361 planes de Gestión Integral e Inclusiva de Residuos Sólidos Urbanos.
Para los planes que entregan las empresas e instituciones y son aprobados, hay tres niveles de certificación, en relación al grado de compromiso de generadores especiales de residuos sólidos urbanos: cuando los establecimientos cumplen los aspectos ambientales, sociales y educativos del plan de gestión se les otorga un certificado A, y cuando cumplen solo algunos de los puntos estipulados reciben una certificación B o C.
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