Gustavo Aguirre destacó que el Fondo de Desarrollo Municipal tendrá un incremento del 26% con relación al año pasado.
El subsecretario de Asuntos Municipales del gobierno de la provincia de Catamarca, Gustavo Aguirre, brindó precisiones sobre los fondos de que dispondrán 36 municipios durante el año 2017, provenientes del Fondo de Desarrollo Municipal (FDM), por el que se distribuirán más de 107 millones de pesos.
Fue así que, en virtud de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución del ministerio de Gobierno N° 181, del 27 de abril de 2017, Aguirre informó que para acceder a los fondos cada municipio deberá presentar proyectos a la subsecretaría de Asuntos Municipales para su análisis técnico y posterior aprobación por la comisión de Participación Municipal.
Los jefes comunales, según se aclara, deben realizar la rendición de cuentas de los recursos percibidos en concepto de este fondo específico, condición sine qua non para la utilización de los nuevos montos disponibles.
Asimismo, manifestó que "este año, el Fondo de Desarrollo Municipal tendrá un incremento del 26 % con relación al año pasado, a partir de la administración ordenada de los recursos que ahorramos durante todo el 2016, tal como lo ordena la ley N° 5174”.
Aguirre agregó que "los fondos sólo podrán ser destinados a inversiones de Capital, tales como obras, compra de maquinaria, equipamiento, etc., quedando expresamente prohibido utilizar dichos recursos para gastos corrientes, como pago de sueldos, gastos administrativos, etc.”
Finalmente, manifestó que "el año pasado, el fondo puso a disposición de los municipios 84 millones de pesos y utilizaron efectivamente el 97,5% de los recursos, previa aprobación de los proyectos pertinentes, lo cual fue muy positivo ya que en los periodos 2015, 2014, 2013 tuvieron un nivel de aprovechamiento del 93%, del 77% y el 85% respectivamente”.
Cabe recordar que el FDM -creado por ley N° 5174- está destinado en un 60% a financiar gastos de capital y realizar obras para la comuna, y el otro 40% al fortalecimiento institucional, es decir que podrá destinarse a organismos provinciales que funcionen en la jurisdicción municipal, quedando prohibida la utilización en gastos corrientes.
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