La iniciativa fue presentada por la diputada provincial, Silvina Acevedo, y según los argumentos esgrimidos, la discriminación a una persona en razón de una discapacidad es una "violación a su dignidad humana y a sus derechos fundamentales".
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ADHESION A LEY NACIONAL 25.280 –
ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Artículo 1º.- Adhiérase a Ley Nacional Nº 25.280 aprobada por HCDN el 1 de octubre de 2001, sobre la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, aprobada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos en su vigésimo noveno período de sesiones en la Ciudad de Guatemala (Guatemala) el día 8 de junio de 1999.
Articulo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
La Organización Mundial de la Salud -O.M.S.- define la discapacidad como "la pérdida de la capacidad funcional secundaria, con déficit en un órgano o función, y que trae como consecuencia una minusvalía en el funcionamiento intelectual y/o en la capacidad para afrontar las demandas cotidianas del entorno social". En realidad, se trata de un concepto que se relaciona con las necesidades especiales de estas personas y las barreras que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
La discriminación de una persona en razón de una discapacidad es una violación a su dignidad humana y a sus derechos fundamentales, y la lucha contra toda forma de discriminación debería formar parte de una estrategia para un desarrollo sostenible de una sociedad igualitaria.
Por otra parte, la situación se agrava para aquellas personas con capacidades diferentes que son víctimas de múltiples o agravadas formas de discriminación por motivos de raza, color, sexos, idioma, religión, opinión política, origen nacional, perfil genético, étnico, indígena, nacimiento, preferencia o identidad de género, edad o cualquier otra condición. Además, la mayoría de las personas con capacidades diferentes viven en condiciones de pobreza y carecen de plena accesibilidad al entorno físico, social, económico, cultural, a la salud, la educación y la información en condiciones de igualdad.
En la República Argentina, según lo determina el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS en la Encuesta Nacional de Personas con Discapacidad (ENDI) el 7,1% de la población tiene alguna discapacidad. En números absolutos se trata de 2.176.123 personas. La distribución por edades muestra que el 11,7% de las personas con alguna discapacidad es menor de 15 años, el 48,5% tiene entre 15 y 64 años y el 39,8% restante (866.258 personas) tienen 65 años o más. En el total de la población, las personas en edad avanzada (65 años o más) son el 9,9%.
Respecto de la relación de parentesco con el/la jefe/a de hogar de las personas con discapacidad, en el 43,9% de los casos se trata de jefes de hogar, 23,6% de hijos y las/los cónyuges representan el 16,7%. Las discapacidades más frecuentes son las motoras (39,5%). Le siguen las discapacidades visuales (22,0%), auditivas (18,0%) y mentales (15,1%)
Del total de personas con alguna discapacidad, el 38,4% no tiene cobertura por obra social y/o plan de salud privado o mutual. En la región del noreste (NEA) esta proporción supera el 50%. Uno de los resultados más importantes de la ENDI es que permite ver a las personas con capacidades diferentes en su calidad de miembros de hogares. La discapacidad no es sólo un atributo de las personas individuales sino que caracteriza al hogar en que esa persona vive. Mientras la discapacidad caracteriza al 7,1% de las personas, el 20,6% de los hogares -uno de cada cinco hogares de la Argentina- alberga al menos una persona con discapacidad.
El informe de las últimas cifras que arrojó el Censo 2010, revela que en la provincia de Catamarca, se detectaron por lo menos 58.316 personas que tienen discapacidades físicas permanentes, entre las cuales, más de 3.000 son niños que tienen hasta 10 años. En la última actualización, se pone de resalto que en la provincia de Catamarca, existen al menos 58.316 personas con una discapacidad. Para el total, se advierte que son más las mujeres con discapacidades que los hombres: 32.245 mujeres y 26.071 hombres.
En detalle, se especifica también que hay una considerable cantidad de niños con discapacidades: son en total 3.270, con una leve mayoría de los varones de hasta 10 años.
Se trata de 58.316 hogares, una cifra que expresa más claramente la magnitud de la situación de la discapacidad. Y son las familias o el resto de los miembros del hogar, quienes se ven especialmente involucrados por la presencia de al menos una persona en esta situación. Este estudio estadístico confirma la idea de que una persona con capacidades diferentes necesita apoyo y asistencia y que su familia y el resto de los miembros de su hogar son su principal recurso. De allí y teniendo en cuenta que estas cifras son de aproximadamente cuatro años atrás, es que pensamos que hoy la población con alguna discapacidad ha ascendido notoriamente.
Cabe destacar que el informe titulado "Informe preliminar sobre la situación de las personas con discapacidad en la Argentina", presentado por el Comité de Seguimiento contra la Discriminación, refiere entre otras cosas, el siguiente cuadro de situación: la alarma por la situación crítica en que se encuentran las personas con discapacidad en la Argentina y por la indiferencia que hubo por parte de muchos organismos del Estado e incluso por la propia sociedad civil, frente al incumplimiento de la legislación vigente, la ineficacia o inaplicabilidad de muchas políticas públicas y la comisión de actos discriminatorios.
Ante este desolador panorama, el denominado derecho internacional de los derechos humanos, constituido fundamentalmente por tratados multilaterales sobre la materia y completado por decisiones provenientes de organismos internacionales y declaraciones sobre cuestiones específicas, ha dado respuestas claras y contundentes. Así, un nuevo cauce se abre en la utilización de este derecho para fortalecer aún más la protección judicial de las garantías y las libertades de las personas. Nos referimos a la progresiva aplicación de este derecho internacional por parte de los/as legisladores/as.
La Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad a la cual este proyecto propone otorgar jerarquía constitucional, en el mismo sentido que otros instrumentos internacionales garantiza que las personas con discapacidad disfruten de todos los derechos reconocidos en pie de igualdad con el objetivo de que puedan diseñar y llevar adelante su plan de vida de manera autónoma, a la vez de que puedan realizar valiosas contribuciones a la sociedad. Considera, de esta manera, a las personas con capacidades diferentes como un grupo socialmente vulnerable al cual el derecho, y por lo tanto la legislación, debe prestarle un especial cuidado.
Por ello mismo, a los fines de garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos fundamentales de las personas con capacidades diferentes y su activa participación social, política y económica, proponemos la aprobación de la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidades y su Protocolo Facultativo.
Por tal motivo, es que proponemos se apruebe el presente proyecto de ley.
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