El impuesto sobre las bebidas azucaradas catalán es considerado como un éxito para la UE, que lo ha puesto como ejemplo
Ya hace años que Catalunya puso en marcha una nueva política de impuestos para intentar concienciar en la población de ciertas prácticas no recomendables. Uno de los ejemplos que más ha sonado los últimos años fue el impuesto sobre las bebidas azucaradas que fue duramente criticado e incluso fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. Pues bien, el trabajo del Gobierno ha dado sus frutos y este martes la Unión Europea ha puesto este impuesto, que es vigente desde el 2017, como ejemplo de éxito por toda Europa en su Informe Anual sobre Impuestos del 2022. En el escrito, la UE destaca que este tipo de política, que también han incorporado 12 Estados de la UE, es un 'win-win' y ha provocado la reducción de las ventas de bebidas azucaradas en un 7,7% en Catalunya citando un estudio de la UB y la UPF y añade que el impuesto en cuestión "está ganando interés en algunos estados miembros" que se lo han tomado como ejemplo.
En esta línea, la UE destaca que este tipo de impuestos pueden ayudar a luchar contra la obesidad y la diabetes y que en el caso de Catalunya ha provocado la reducción de la compra de productos con un alto contenido de azúcar y que hayan salido beneficiados algunos sustitutivos como las bebidas 'light' o 'cero'. Además, también recuerda que Catalunya tasa el impuesto en dos tramos, en el primero se cobran 0,08 euros por litro si la bebida contiene entre 5 y 8 gramos de azúcar por litro y que se cobran 0,12 euros por litro si la bebida contiene más de 8 gramos de azúcar por litro que se cargan al consumidor final del producto.
El camino del impuesto
Para ver la historia de este impuesto hay que remontarse en 2017, cuando el Gobierno, todavía liderado por Carles Puigdemont, aprobó este nuevo impuesto catalán que entró en aquel 1 de mayo. Al cabo de dos años, pero el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) anuló el reglamento sobre las bebidas azucaradas estimando el recurso presentado por varias asociaciones del sector de la distribución y de la alimentación y bebidas que alegaba "falta de justificación y precipitación" de la medida y "la omisión" de trámites relevantes en la tramitación del decreto. El tribunal consideró que el Ejecutivo catalán prescindió de los trámites de consulta, audiencia e información públicas en su tramitación y, por eso, declaró nulo el reglamento.
Ahora bien, para revertir esta situación y conseguir que el impuesto siguiera en vigor, aquel mismo 2019, ya con Quim Torra al frente del Gobierno, el Ejecutivo aprobó un decreto ley sobre la autoliquidación del impuesto que reproduce un texto idéntico a lo que suspendió el Tribunal. En aquel momento el Gobierno alegó este decreto asegurando que el TSJC actuó para considerar que el reglamento aprobado en el 2017 presentaba defectos formales en su tramitación, pero no en el contenido y que la sentencia no era firme y que el decreto servía, y sirve, para cubrir el eventual hueco legal que se habría creado.
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