En la sesión de este miércoles, el Concejo Deliberante sancionó una nueva ordenanza que prohíbe la utilización de bolsas plásticas no biodegradables. Los comercios ahora deberán entregar bolsas de papel, bolsas larga vida o las plásticas certificadas bajo normas IRAM.
Los fundamentos de la normativa presentada por el concejal Julio Irurueta menciona que los plásticos son considerados “agentes nocivos en función del medioambiente” y menciona la ley provincial 13.868 aprobada en 2008 que ordenaba una sustitución progresiva de las bolsas de polietileno por material de menor impacto ambiental.
También prohíbe las bolsas denominadas degradables o “oxibiodegradables” elaboradas con polímeros de alta o baja densidad con aditivos metálicos ya que en realidad no se degradan sino que se rompen en cientos de pedacitos evitando sólo el impacto visual.
Esta ordenanza a demás instaura la creación del programa “Bolsa Plástica Cero” con el objetivo de erradicar la uta utilización de las mismas y fomentar las bolsas reutilizables. En la normativa se establece un cronograma de aplicación en el que se diferencia una etapa educativa y difusión que durará como mínimo un año antes de comenzar a imponer sanciones a los comercios que las sigan utilizando.
La prohibición alcanza a la entrega y uso de la bolsa plástica no reutilizable fabricada a partir de polietileno de baja o alta densidad en hipermercados, supermercados, comercios mayoristas y minoristas de cualquier tipo y rubro. Además, establece que las bolsas de residuos también deberán ser biodegradables.
La única excepción serán aquellos comercios que por “cuestiones de asepsia” no puedan reemplazar estas bolsas como “carnicerías, pescaderías, comercios de productos de graja, fiambrerías, e insumos de sector hospitalario” que podrán utilizar bolsas no biodegradables denominadas “cristal o de arranque”.
Las opciones que da la nueva normativa son las bolsas larga vida, reutilizables y reciclables, bolsas de papel con un contenido de al menos un 80% de material reciclado y fibras celulósicas alternativas como la proveniente de la caña de azúcar y bolsas plásticas biodegradables elaboradas bajo la certificación de la Norma IRAM N° 29.421.
Las bolsas reutilizables deberán ser entregadas en comercios sin costo o a valor de fabricación. Las sanciones para los comercios que incumplan serán de entre 2 mil y 10 mil e incluye la posibilidad de clausura en caso repetir la infracción en cinco ocasiones.
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