Para San Antonio de los Cobres y Tolar Grande se piden los beneficios que prevé la ley nacional 18575 de promoción para el desarrollo de zonas de fronteras. A pesar del carácter fronterizo de ambas, ninguna está incluida en ese régimen.
“Ambas sufren condiciones de marginalidad y aislamiento que dificultan la radicación de profesionales especializados y complica seriamente el funcionamiento de las instituciones educativas, que no pueden conseguir los ingresos que les permita cubrir las horas cátedras necesarias”, manifestó la senadora Sonia Margarita Escudero, autora de la iniciativa tratada el miércoles.
Según se desprende del texto de la citada ley nacional, “las medidas promocionales en las áreas de frontera deberán proporcionar, entre otros aspectos, estímulos suficientes que propendan a la radicación y arraigo de población, y proveer a la elevación del nivel educacional, sociocultural y sanitario”.
Sin embargo, explicó la legisladora, “San Antonio de los Cobres carece de los beneficios del régimen, a pesar de que la inmensa mayoría del departamento Los Andes quedó incluida dentro de sus límites”.
Sobre Tolar Grande dijo que indudablemente esta población se encuentra dentro del área de frontera. “No obstante ello, tampoco disfruta de los beneficios de esta categorización”.
San Antonio de los Cobres es un caso extremo de aislamiento y lejanía territorial: está ubicado a 3.775 metros sobre el nivel del mar, lo que la convierte en el segundo centro urbano más elevado del país. Aún más remoto, Tolar Grande se encuentra en plena Puna, su población apenas alcanza los 150 habitantes.
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