Petróleo: el FrePam y el PRO firmaron un proyecto conjunto

Petróleo: el FrePam y el PRO firmaron un proyecto conjunto

Los bloques del FrePam y del PRO pidieron al gobernador Oscar Jorge “resguardar los derecho adquiridos” por la Ley Provincial de Hidrocarburos. Califica de "aventuras" la propuesta de la Nación para modificar la ley nacional de hidrocarburos.

 

Los diputados Carlos Bruno, Hugo Pérez, Juan Carlos Olivero, Claudia Giorgis, Delma Sáncehz, Lidia Duoperou, Sergio Pregno, Luis Solana y Alejandro Odasso del FrePam y Darío Casado del PRO presentaron un proyecto de resolución en forma conjunta.

El pedido es de cara a la firma de los acuerdos dentro de la OFEPHI (Organización de Estados Productores de Hidrocarburos), luego que la Nación pidiera modificar la ley nacional de hidrocarburos con el objetivo de atraer inversiones para la explotación del petróleo no convencional. La Nacion pidió reformas que implicarían una modificación de los contratos vigentes.

El proyecto pide defender la Ley Provincial que “establece que todo recurso de hidrocarburo como toda otra fuente de energía natural situada en el subsuelo y suelo de la provincia pertenecen al patrimonio exclusivo, inalienable e imperceptible del estado provincial”.

Señalan que “es de público conocimiento el avance del gobierno Nacional sobre las potestades de raigambre constitucional de las provincias, en políticas vinculadas a los recursos hidrocaburíferos, de manifiesto en su intención de modificar la normativa relevante”.

Afirman que “más allá de las lesiones sobre el principio de legalidad que protege a la estructura constitucional argentina, es necesario expresar de forma contundente el rechazo a estos tipos de aventuras”.

“Como nunca antes, con la ley Provincial de Hidrocarburos N° 2675 del año 2012, se le otorgan amplias facultades al gobierno provincial para decidir sobre la suerte de los recursos hidrocaburíferos, en un marco de responsabilidad social y gestión sustentable. Obliga al aprovechamiento racional de sus recursos estratégicos, y transfiere en el estado potestades que fortalecen su relación con otros actores interesados, como la reducción del margen de especulación de empresas y la posibilidad de participar en la determinación de precios, entre otros”, aseguran los legisladores.

“Además, es la relevancia de su protección radica en las características propias de los recursos no renovables, que obligan al estado a determinar un marco específico que priorice la racionalidad en el largo plazo; su explotación y configuración productiva no pueden (ni deben) quedar supeditados a políticas coyunturales, que suelen caer en la tentación de priorizar el corto plazo en detrimento de las futuras generaciones. Es en estos aspectos donde se pone en juego la autonomía”, precisan.

“Son varios los elementos que deben considerarse en las políticas hidrocarburífera: flujo de extracción, conservación de reservas, precios, cuidados ambientales y de la diversidad biológica, fortalecimientos de economías social locales, etc; yacen en éstos su relevancia”, explican en los fundamentos.

“La Ley provincial N° 2675, de reciente vigencia, es el resultado de un largo camino que se inició hace décadas, que obtuvo su primer resultado en la Constitución Nacional de 1994, donde se indicó en su artículo 124 que el dominio originario de los recursos naturales existentes en los territorios provinciales pertenecen a las mismas; prosiguió esta potestad con la ley nacional N° 26.197, en clara faz operativa que se la denominó Ley Corta, y atribuyó en su artículo 1° que los yacimientos que se encuentren en las provincias pertenecen al patrimonio inalienable e imprescriptible de las mismas; mientras que, en su artículo 2°, estableció que “las provincias asumirán en forma plena el ejercicio del dominio originario y la administración sobre los yacimientos de hidrocarburos que se encontraren en sus respectivos territorios”, sostiene los legisladores del FrePam y el PRO.

“He aquí la razón del espíritu de la ley provincial, especificar claramente las funciones del estado provincial en un marco de autonomía administrativa y decisional. Este precepto fue defendido por esta legislatura, al no acompañar las intenciones de los acuerdos tomados en el marco de la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (OFEPHI), que disponía la participación de La Pampa en los organismos de decisión nacional de manera sólo temporaria”, expresa.

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