La diputada provincial Valeria Amedolara puso en debate una iniciativa que establece el uso de la boleta única electrónica, un "mix" entre el sistema completamente informatizado y el actual, que tiene como soporte principal a la clásica - y a veces inmensa - boleta de papel.
Formalmente, la presentación del “proyecto de Ley para la implementación del Sistema de Boleta Única en la Provincia de Buenos Aires” se realizará el próximo miércoles (23 de agosto) a las 16 horas en la calle 46 Nº 441 (entre 3 y 4).
Habrá una mesa donde disertarán en torno del actual modelo electoral y se brindarán todos los detalles sobre la iniciativa de la legisladora platense.
Junto a la diputada estará el Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, Guido Lorenzino, y el coordinador del área de “Reforma política y del Estado” del Centro de.Estudios para la Gobernanza (CEG), Jerónimo Guerrero Iraola.
El proyecto que debatirán en Diputados, y que lleva la firma de Amendolara, establece, textualmente:
La Boleta Única deberá integrarse con las siguientes características en su diseño y contenido:
a) Se confeccionará una Boleta Única para cada categoría de cargo electivo.
b) Para la elección de Gobernador/a, Vicegobernador/a, Intendentes/as municipales y Senadores/as provinciales, la Boleta Única contendrá los nombres de los/as candidatos/as titulares, sus respectivas fotografías y, en su caso, los nombres y fotografías del/la suplente.
c) Para la elección de Diputados/as provinciales y de Concejales/as, la Autoridad Electoral deberá establecer, con cada elección, qué número de candidatos/as titulares y suplentes figurarán en la Boleta Única. En todos los casos, las listas completas de candidatos/as, con sus respectivos/as suplentes, deberán ser publicadas en afiches o carteles de exhibición obligatoria. Éstos deberán contener de manera visible y clara, las listas de candidatos/as propuestos por los partidos políticos, agrupaciones municipales, federaciones y/o alianzas que integran cada Boleta Única, los que deberán ser oficializados, rubricados y sellados por la Autoridad Electoral.
d) Los espacios en cada Boleta Única deberán ser distribuidos en forma homogénea entre las distintas listas de candidatos/as oficializadas de acuerdo con las figuras, imágenes o símbolos que los identifican.
e) La tipografía que se imprima para identificar a los partidos, agrupaciones municipales, federaciones y alianzas deben guardar características idénticas en cuanto a su tamaño y forma.
f) En cada Boleta Única, al lado derecho del número de orden asignado se debe ubicar la figura o símbolo partidario, y la denominación utilizada en el proceso electoral por el partido político, agrupación municipal, federación o alianza.
g) A continuación de la denominación utilizada en el proceso electoral por el partido político, agrupación municipal, federación o alianza, se ubicarán los nombres de los/as candidatos/as y un casillero en blanco para efectuar la opción electoral.
h) La Boleta Única deberá ser impresa en idioma castellano, legible, en papel no transparente y contener la indicación de sus pliegues. En caso de votaciones simultáneas, las Boletas Únicas deberán ser de un color diferente para cada una de las categorías.
i) La Boleta Única deberá encontrarse adherida a un talón que contenga serie y numeración correlativa, del que deberán ser desprendidas. Tanto en el talón, como en la Boleta Única deberá constar la información relativa a la sección, distrito electoral, circunscripción, número de mesa a la que se asigna, y la elección a la que corresponde.
j) La Boleta Única deberá contener impresa la firma legalizada del/la Presidente/a de la Junta Electoral.
k) La Boleta Única contendrá un casillero habilitado para que el/la Presidente/a de mesa pueda firmar al momento de entregar la Boleta Única que correspondiere a cada elector/a.
l) A los efectos de garantizar la accesibilidad de las personas no videntes, se deberán elaborar plantillas de cada Boleta Única en material transparente y alfabeto Braille. Las mismas llevarán una ranura en el lugar destinado al casillero para ejercer la opción electoral, que sirva para marcar la opción deseada. Las mismas deberán encontrarse disponibles en las mesas de votación.
m) El tamaño de la Boleta Única no será menor a las dimensiones de una hoja A5, cuando la cantidad de listas a incluir así lo permita.
Cómo se votaría
El Proyecto establece que " el/la Presidente/a de mesa deberá entregar al/la elector/a una Boleta Única por cada categoría de cargo electivo, y un bolígrafo con tinta indeleble. Las boletas únicas entregadas deberán tener los casilleros en blanco y sin marcar . En el mismo acto se deberán exhibir los pliegues a los fines de doblar las Boletas Únicas. Hecho lo anterior, lo deberá invitar a pasar al local de votación (o cuarto oscuro) habilitado para esa mesa, de acuerdo a lo previsto en el artículo precedente, a fin de que proceda a la selección electoral".
Sobre la “Emisión y recepción de sufragios”, la norma que se discutirá en la Legislatura indica que “introducido en el local de votación, el/la elector/a deberá marcar la opción electoral de su preferenciay plegar las boletas entregadas en la forma que lo exprese la reglamentación".
Además, se consigna: “Los fiscales de mesa no podrán firmar las Boletas Únicas en ningún caso. Las personas no videntes que desconozcan el alfabeto Braille serán acompañados por el/la Presidente/a de mesa y los fiscales que deseen hacerlo, quienes se retirarán cuando el/la ciudadano/a haya comprobado la ubicación de las distintas opciones electorales propuestas por los partidos políticos en la Boleta Única y quede en condiciones de practicar a solas la elección de acuerdo a su preferencia. Cada una de las Boletas entregadas, debidamente plegadas en la forma que lo exprese la reglamentación, deberá ser introducida en la urna de la mesa que corresponda, salvo que haya sido impugnado el elector, caso en el cual se procederá a tomar sus opciones electorales y a ensobrarlas conforme lo establezca la reglamentación”.
Luego de finalizados los comicios a las 18 horas, en el escrutinio se considerará que “son votos válidos aquellos en el que el elector ha marcado una opción electoral por cada Boleta Única oficializada”.
Y añade el proyecto: “Se considera válida cualquier tipo de marca dentro de los casilleros de cada una de las opciones electorales”, con excepción de los votos nulos o en blanco.
Dice el proyecto que serán considerados “votos nulos” :
a) Aquellos en el que el elector ha marcado más de una opción electoral por cada Boleta Única.
b) Los que lleven escrito el nombre, la firma o el número de Documento Nacional de Identidad del elector.
c) Los emitidos en Boletas Únicas no entregadas por las autoridades de mesa y las que no lleven la firma del/la Presidente/a de mesa o la autoridad de mesa en ejercicio del cargo.
d) Los emitidos en Boletas Únicas en las que se hubiese roto algunas de las partes y esto impidiera establecer cuál ha sido la opción electoral escogida, o en Boletas Únicas a las que faltaren algunos de los datos visibles en el talón correspondiente;
e) Aquellos en que el/la elector/a ha agregado nombres de organizaciones políticas, listas independientes o nombres de candidatos a los que ya están impresos.
f) Aquellos donde aparecen expresiones, frases o signos ajenos al proceso electoral.
Por último, sobre el final del proyecto se detalla cuáles serían declarados “Votos en blanco”: “Aquellos en el que el/la elector/a no ha marcado una opción electoral de cada Boleta Única”.
En los fundamentos de la iniciativa Valeria Amendolara menciona que “la necesidad de avanzar hacia nuevas experiencias electorales se encuentra signada por la constatación de cómo, el sistema actual, presenta dimensiones propias de su estructuración que redundan en limitaciones tangibles y efectivas al derecho a elegir y a ser elegido/a”.
“De esta forma – añade – , la posibilidad de que el Estado garantice la distribución e impresión de las boletas, resulta un primer e importante paso en la misión de armonizar la normativa electoral, que por un lado exhibe una configuración proclive a la creación de nuevos partidos, mas por el otro instrumenta una serie de cortapisas al ejercicio del derecho proclamado, al tornar extremadamente oneroso y difícil (en términos logísticos) la provisión de boletas”.
El proyecto que propone Amendolara busca, según se detalla, “en primer término, excitar un debate necesario”.
Y agrega: “En consonancia con ello, apunta a instrumentar el sistema de Boleta Única en ‘los procesos electorales de autoridades electivas provinciales y municipales de la Provincia’ (artículo 1°). Así, se buscará ‘eliminar de raíz algunas de las lagunas e imprecisiones de la legislación electoral argentina’ . (…) En línea con lo expuesto, la implementación de la Boleta Única emerge como una herramienta coadyuvante en la misión de fortalecer la democracia, los derechos civiles y políticos consagrados en la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y los Instrumentos Internacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos que ostentan jerarquía constitucional”.
Los sistemas electorales que fueron implementados en la Ciudad de Buenos Aires y en Salta tienen muchos aspectos que coinciden con la propuesta de la legisladora platense.
Incluso el Defensor del Pueblo de la Provincia, Guido Lorenzino mencionó esas similitudes en declaraciones a una radio porteña, donde además planteó “la necesidad de avanzar hacia un sistema que permita modernizar los escrutinios, para evitar de esa forma las dificultades registradas tanto en el último comicio como en elecciones anteriores”.
También se refirió a la necesidad de "elaborar para 2019 una alternativa para enfrentar las dificultades que se vivieron tanto en las PASO como en otras votaciones, para evitar la intencionalidad, la arbitrariedad y la discrecionalidad relacionada con la carga de datos”.
Y sentenció: “La boleta electrónica es la mejor alternativa para avanzar hacia un sistema electoral que esté a la altura de las actuales demandas sociales, para que la gente tenga certezas a la hora de votar y que también haya certeza cuando se carguen los datos”.
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