Ante la ausencia de la promulgación de una ordenanza que las regule y su destino, resurge una vez más la carencia de un marco normativo. Después de la aprobación de tres proyectos que otorgaron excepciones a las regulaciones de construcción en la última sesión del Concejo Deliberante, vuelve a quedar en evidencia la falta de una estructura reglamentaria sólida.
En los últimos meses, el Concejo Deliberante de General Pueyrredon ha estado ocupado con una cantidad considerable de expedientes vinculados a solicitudes de indicadores urbanos, modificaciones de uso de suelo y otras excepciones, a cambio de renovaciones en viviendas patrimoniales. Esta situación ha ganado importancia en el contexto del desarrollo urbano de la ciudad. En la última sesión, se han aprobado tres proyectos con la finalidad de establecer compensaciones urbanísticas en beneficio del Distrito Tecnológico.
Por eso la falta de un marco regulador concreto para orientar estas "compensaciones" ha dejado espacio para la discrecionalidad en los criterios de decisión. Las contraprestaciones que las empresas inmobiliarias deben entregar por cada metro cuadrado que sobrepase lo establecido en el Código de Ordenamiento Territorial (COT) pueden variar desde mejoras en áreas verdes hasta la creación de complejos tecnológicos.
La ordenanza 25.115, en conjunción con la 25.114, propuso la formación de una Comisión compuesta por el Departamento Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante. Dicha Comisión tenía la tarea de analizar las compensaciones urbanísticas y contaba con dos años para elaborar una normativa general que regulase este aspecto. Sin embargo, tras la expiración de dicho plazo, la normativa aún no ha sido desarrollada y la Comisión apenas ha sostenido unos cuantos encuentros al respecto.
En ese sentido, la carencia de una regulación definida en torno a las "compensaciones urbanísticas" volvió a ser objeto de discusión, ya que en la última sesión plenaria, la oposición puso de manifiesto diferencias en los criterios para determinar a quiénes beneficiar con las contraprestaciones por parte de las constructoras. Además, solicitaron que dichos fondos se destinen a un fondo que, a su vez, se oriente hacia los barrios más necesitados de la ciudad. Se basaron en la Ordenanza 25142, que establece dicho fondo, y en la que el artículo 3C establece que este será financiado mediante aportes como: "Recursos derivados de contribuciones y/o cualquier gravamen que el Municipio imponga debido a incrementos en los indicadores urbanos o modificaciones en los usos de suelo definidos en el Código de Ordenamiento Territorial", así como en la Ley Provincial 14.449 de Hábitat, de la cual emana esta ordenanza.
Más allá del destino de estas compensaciones, resulta crucial que se implemente una regulación y se comience a acatar la legislación. En este momento, solo queda aguardar a que esta comisión se reúna y finalmente logre establecer la ordenanza.
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