La Organización Mundial de la Salud ha advertido sobre el riesgo de las radiaciones que emiten las instalaciones eléctricas, sin embargo en nuestra ciudad cruzan por varios lugares inadecuados. La contaminación electromagnética es considerada como probable causa de cáncer.
La radiación electromagnética que producen las instalaciones eléctricas de alta tensión y las antenas de diversos servicios, han generado discusiones que aún no están finalizadas. En estos días, en que San Rafael espera con ansias las obras de electricidad -línea Nihuil IV y segunda estación transformadora- que traigan una solución a la frágil situación eléctrica del departamento, el debate vuelve a cobrar fuerza.
Es recordada la iniciativa que hace una década lograra que se cambiaran dos antenas, luego de la presentación de una serie de documentos técnicos que sostuvieron la argumentación. Uno de los que llevó adelante aquella movida, el doctor Antonio Martínez, destacó a Diario San Rafael que "en aquel momento se erradicaron antenas y la situación se legalizó". Y consultado sobre el peligro que significan estas instalaciones suministró un argumento de mucho peso: "hay publicaciones de la Organización Mundial de la salud donde se habla de un rango en el que la radiación se vuelve carcinogénica".
Actualmente, a la luz de nuevos estudios científicos, se está pidiendo actualizar las normativas que regulan cómo se deben instalar los cableados y demás. Pero además se señala la necesidad de la aplicación del principio precautorio respecto a los efectos a la salud que podrían generar las radiaciones no ionizantes (RNI) que producen los campos electromagnéticos (CEM).
En ese sentido, la Secretaría de Energía de la Nación elaboró la Resolución Nº 77/98 que regula los aspectos ambientales de los electroductos tales como la ocupación del espacio, el impacto visual, el efecto corona y CEM. Los valores límites establecidos están basados en los efectos inmediatos a la salud provenientes de exposiciones de corto plazo, pero no sucede lo mismo con los efectos a largo plazo, siendo éste el centro de las investigaciones actuales, ya que dentro de esta categoría está la posible asociación de los campos electromagnéticos con el cáncer.
Entonces, se ha resuelto que La empresa u organismo que tenga a su cargo la realización de obras de líneas de transmisión y distribución de tensión igual o superior a trece con dos décimas de kilovoltios (13,2 kv) e inferiores a ciento treinta y dos kilovoltios (132 kV) y estaciones transformadoras deberán cumplir con parámetros ambientales como reducir el impacto visual (no degradar la percepción del observador de áreas naturales, arquitectónicas, históricas o paisajísticas), no deben interferir señales radiales, y también su campo eléctrico debe estar en el marco de lo que dispone la OMS para la radiación ionizante.
Recorriendo la ciudad, sin embargo, pueden verse tendidos eléctricos que lejos están de incluirse entre las disposiciones, tanto de impacto visual como de interferencias. Con escuelas y viviendas alrededor, con un evidente impacto visual, puede decirse que merecen por lo menos una revisión. Y eso sin entrar en consideraciones sobre la salud.
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