El doctor Pedro Velázquez Ibarra, abogado querellante en una causa que tiene como imputado al ex juez federal Luis Vivas por violaciones a los derechos humanos, expresó que las resoluciones dictadas por la jueza federal Zunilda Niremperger en este caso, constituyen actos de corrupción.
El doctor Velazquez Ibarra, imputó al ex juez federal Luis Vivas violaciones a los derechos humanos, en su triple condición de víctima, testigo y querellante, denunciando la comisión de los delitos de lesa humanidad en la causa principal “Carrillo”, también denominada megacausa o causa – madre, ya que todas las demás tienen su origen en la misma, siendo meros desprendimientos por razones de “oportunismo procesal”, tal como expresamente señalan los camaristas que dictaron sentencias en los juicios “Colombo” y “Camicha”.
Dijo también que: “Estas circunstancias que la Dra. Niremperger debería conocer si se tomara el trabajo de leer las actuaciones que en la actualidad, se aproximan a los cien cuerpos de expediente” y agregó que, “siempre y cuando la atención del juzgado federal de Saenz Peña, de la cual es titular, mas su actividad en los dos juzgados de Formosa, incluida una secretaría electoral, sumado a sus charlas con raid mediáticos a la que es adicta, se lo permitan” expresó el profesional del derecho atento a las múltiples funciones de la jueza.
Continuó afirmando que: “De lo contrario, toda la información para dictar resoluciones provienen de un oscuro y siniestro personaje, secretario multifuero y “todoterreno” Dr. Edgar Juvenal Dantiak, hijo putativo del denunciado Luis José Vivas, quien lo hizo ingresar al tribunal, logrando con los años tejer un entramado de corrupción en la justicia federal en favor, preferentemente, de los integrantes de la muy conocida “banda de los Simpson”, al extremo de ser el responsable de elaborar las resoluciones no solo de los delitos de lesa humanidad, sino también sobre narcotráfico, delitos tributarios (evasión, lavado de dinero, etc.) e intervención de conjueces y fiscales truchos, teniendo así “la llave” de las causas más trascendentes y lucrativas del fuero, razones por las cuales en forma simultánea a la presentación de la denuncia se recusó a Dantiak, sin lograr hasta el presente que la jueza disponga tramitar la impugnación”, señaló Velázquez Ibarra.
Entre otras cosas, según sus manifestaciones públicas, “la Dra. Niremperger, habría resuelto delegar las investigaciones sobre la conducta ilícita del ex juez Vivas al Ministerio Publico Fiscal, mas allá de que jamás me notificó de esta medida ni de ningún otro tramite posterior, y en la Mesa de Entradas el auxiliar Dr. Guillermo Caballero informó no conocer siquiera la identidad del fiscal a cargo de tales investigaciones y mucho menos impulsó algunas, con lo cual se configuró un verdadero “cepo procesal” en denegación de justicia y del derecho constitucional de defensa, razones por las cuales denuncié a la Dra. Niremperger ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, logrando con ello que por la prensa me informara que dispuso respecto a los reiterados reclamos”, afirmó el letrado.
A criterio del querellante, las “notificaciones mediáticas” de la jueza tienen la virtud de evidenciar el desconocimiento de elementales principios procesales de conexidad que impiden fraccionar a su antojo las causas, salvo que lo que se pretenda sea dilatar, obstruir la comprobación de los hechos y actos imputados a Vivas, que se encuentran acreditados en la causa “Carrillo” y fueron ratificados en la totalidad de los juicios llevados a cabo en las causas “Colombo” y “Camicha”, sentencia esta última donde expresamente los jueces integrantes del Tribunal Oral Federal dispusieron remitir las declaraciones de testigos que corroboran el obrar penalmente reprochable del ex juez federal, los cuales fueron entregados a la Dra. Niremperger como directora de proceso de instrucción, siendo insólitamente rechazados y devueltos al presentante.
Sin pretender, ni mucho menos agotar los reparos fácticos, jurídicos y hasta éticos de tramitaciones llevadas a cabo en la clandestinidad para las víctimas, repitiéndose el método de los represores en la época de la dictadura cívico-militar, el desconocimiento del derecho, expuesto de manera explícitamente obscena, se evidencia cuando la jueza Niremperger sostiene que requirió informes al fiscal, quien le hizo saber que el “Dr. Velázquez Ibarra no es querellante, que no ha solicitado serlo ante el Ministerio Publico fiscal, como tampoco se advierte de las actuaciones del expediente su pretensión de serlo”, ignorando supinamente que la Fiscalía carece de facultades jurisdiccionales que están reservadas exclusiva y excluyentemente a los jueces, por lo cual en modo alguno podría solicitarles la constitución de parte querellante a fiscal alguno”, continuó diciendo.
Agregó luego que: “No conforme con tamaña muestra de ignorancia del derecho, de común acuerdo con el impresentable fiscal Horacio Rodríguez, Niremperger miente al afirmar que no tengo pretensión de constituirme en parte querellante, cuando en distintas presentaciones se consignó expresamente que la acusación contra Vivas la hago en mi triple condición de víctima de delitos de lesa humanidad, testigo y querellante, por derecho propio y en representación de la mayoría de las víctimas que ostentan también la condición de querellantes. Queda claro que la jueza ni siquiera lee los escritos.
Es más, suponiendo que se tratara de una denuncia a tramitar como causa separada, la primera medida ineludible es la ratificación de la denuncia por parte del denunciante, estando vedado cualquier trámite sin cumplir antes con este requerimiento procesal, y la jueza Niremperger convalida los exabruptos procesales del fiscal Rodríguez, al punto tal de que incluso amplía las “facultades jurisdiccionales” del pretenso fiscal admitiendo que dicte resoluciones dando intervención a los abogados defensores del imputado Vivas, que requieran y le sean aceptadas medidas, en un descomunal bastardeo de normas procesales de orden público”, expresó el profesional del derecho.
“En el marco señalado” – continua Velázquez Ibarra – “el ejercicio delictual de la magistratura se evidencia impúdicamente, y en relación al fiscal Rodríguez es el propio Tribunal Oral Federal el encargado de tipificar su conducta ilícita en tanto mediante Auto Interlocutorio Nº 736/13, dictado ya en fecha 12 de junio del año 2013, determinó que actuó “en detrimento de la administración de justicia, en una causa sobre presuntos delitos de lesa humanidad, cuya tramitación demanda y concita la atención de la ciudadanía, y constituye un imperativo para las instituciones democráticas”, violando claramente el derecho de defensa en juicio y el debido proceso legal, reconocidos por instrumentos internacionales de derechos humanos de todo ciudadano, determinaron los jueces de cámara Dres. Lucrecia Rojas de Badaró, Victor Antonio Alonso y Alfredo Garcia Wenk.
A este impresentable fiscal la jueza Niremperger le delega la investigación de la denuncia contra el Dr. Luis José Vivas, facultándole a tomar decisiones jurisdiccionales al margen de la ley”, señaló Velázquez Ibarra, “recordando que ya obra radicada en el mismo juzgado formal denuncia por abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público contra el fiscal Horacio Rodríguez en base a lo resuelto por el Tribunal Oral Federal, sin que se tenga noticia de su tramitación hasta el presente”.
Finalmente, el Dr. Velázquez Ibarra señaló la gran solidaridad corporativa entre jueces, fiscales y secretarios en el ámbito de la justicia, afirmando que se trata de un verdadero “mundo de cómplices” cuando de garantizar la impunidad de sus integrantes o ex integrantes se trata, conducta que considera corrupta al ordenamiento jurídico y a la moral”, concluyó categóricamente.
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