Departamento judicial | Confirman el sobreseimiento de Adrián Alveolite en una de las causas por abuso de autoridad y falsedad ideológica. Dicen que no se puede confirmar que haya actuado para causar perjuicio.
Justamente ahora. Ahora que el fiscal Marcelo Blanco apunta contra la Fiscalía de Delitos Económicos y exige que se desarchive la causa contra el exintendente Gustavo Pulti por enriquecimiento ilícito. Pide, además, que se haga un careo, porque no permitirá que se lo desdiga:“a mí no me van a hacer quedar como un mentiroso”, pronostica.
Ahora, que el fiscal sugiere que es posible que la escritura de la casita de Los Troncos –la que Pulti se compró en Viamonte 3170- se haya hecho por un valor diferente al que la vendedora Silvia Giangiobbe dijo haber cobrado por ella. Justamente cuando hay que ver si es que se pagaron o no los famosos 450.000 dólares.
Ahora, en esta fecha, cuando se vuelve a hablar del departamento de los Pulti en calle Alvear 2753, y no se entiende bien cómo fue que era de él pero no era, porque se lo compró la gente de Jonestur, que después resultó andar medio flojita de papeles. Justamente, justamente.
En medio de la huida de los patoteros, cuando pretenden no dejar muchos rastros, es que la sociedad procura resguardar las huellas, y mirar si hubo un delito de acción pública, es decir contra el conjunto de la ciudad, porque las escrituras se fraguan para evadir al fisco. Y cuando se hace semejante maniobra, hay un escribano que certifica cualquier cosa.
Justamente es el caso del terceto acusado de abuso de autoridad y falsedad ideológica, que eran nada más y nada menos que Adrián Alveolite y sus acólitos, los que regían en el momento en que él podía actuar como un patotero porque creía que el poder era eterno.Se los cuestiona por la manera en la que ingresaron a un pequeño negocio que funcionaba en un garaje de Garay casi Güemes, y por eso se trataba de iniciar una causa por abuso de autoridad y falsedad ideológica contra el ex subsecretario de Control Municipal, contra Gustavo Tonello, que fuera inspector general de la misma Subsecretaría, y Mónica Bargas, jefa de Departamento de la dependencia.
La jueza de GarantíasLucrecia Bustos los había sobreseído a los tres, porque ella consideraba que no había mala fe. Que no habían pretendido actuar en perjuicio de la titular del negocio, y hasta que creyeron que esa clausura ilegal se hacía en realidad de acuerdo a la ley. Hoy el expediente resulta evaluado por la Cámara de Apelaciones integrada por los jueces Walter Dominella y Adrián Angulo.
El escándalo
Los hechos fueron relatados hasta el hartazgo, como si a fuerza de repetirlos apareciera un detalle que los hiciera menos vergonzosos. Cuando los examinó, Bustos dijo que, cuanto mucho, la actitud de los funcionarios podría calificarse de “lacónica y antipática”, pero que a su criterio no había elementos suficientes para considerar que lo que hicieron fuera contrario a lo establecido por la norma.
La investigación impulsada por el ministerio público tuvo relación con la inspección de un pequeño comercio de ropa femenina denominado Carolina, ubicado en la calle Garay 1219, que los agentes Bargas y Tonello clausuraron el 10 de julio de 2013, entre las 9 y las 11.
La decisión judicial de Garantías dijo que nada estuvo apartado de la aplicación de la ley, y que lo actuado por los inspectores Bargas y Tonello,así como por Adrián Alveolite refrendando la intervención de los funcionarios, no puede considerarse abusivo, ya que se habían comportado “convencidos de que correspondía disponer la clausura”. Agregaba que Alveolite se manejó dentro del marco de sus legales atribuciones al enviar inspectores de su confianza a efectuar un relevamiento al local ante una denuncia por una habilitación irregular.
A pesar del detalle de la acusación, para Lucrecia Bustos no se encontraba probado que los tres imputados hayan actuado con un propósito deliberado de clausurar antes de que se hubiera efectuado la constatación, sino que eso se decidió por las deficiencias encontradas en el local comercial, consignadas en el acta de clausura: “No advierto que en el supuesto en examen, los inspectores Bargas y Tonello, y menos aún Alveolite, que aparece dando un visto bueno al informe labrado por aquellos, hayan insertado intencionalmente manifestaciones falsas con la finalidad de causar perjuicio”
Carolina Beratzes es la dueña del comercio de ropa femenina en cuestión, y quien asegura que el inspector general municipal Gustavo Tonello y la jefa de Departamento de la Subsecretaría de Control de la Municipalidad, Mónica Bargas, llegaron requiriendo los certificados de la habilitación. Ambos funcionarios dependían jerárquicamente de Alveolite, y eran además su gente de confianza. Como se certifica en la presentación de los fiscales, ninguno de los funcionarios mencionados realizaba este tipo de tareas de manera habitual, al menos no en locales pequeños y con actividades de las llamadas de bajo impacto; menos aún con presencia policial, inexplicable en un local de menos de 100 metros. Y para completar la idea, el mismísimo juez de faltas Pedro López Martucci afirmó que no era habitual en absoluto que el subsecretario de Control Municipal acompañara con su firma una nota de elevación de este tenor; es decir nadie sabe qué hacía Alveolite allí.
Encima, Beratz tenía sus papeles en regla: para iniciar las actividades comerciales debió completar su declaración jurada, presentar comprobantes de impuestos municipales, y así conseguir su habilitación bajo el número 504.404, con fecha de vencimiento 9 de diciembre de 2010. Pero también realizó la renovación del trámite, por lo que obtuvo la oblea de habilitación, que es el documento que los inspectores deben consultar en su visita para establecer el estado de regularidad de un comercio. La oblea de Carolina decía que su comercio estaba habilitado bajo el rubro boutique, y que su validez se extendía hasta el 9 de diciembre de 2015.
Pero los funcionarios llegaron a ejecutar órdenes que tenían: dijeron que clausuraban el local por habilitación vencida en 2010, y porque su declaración jurada estaba incompleta. En realidad, dice el fiscal en el momento de denunciar la pésima conducta manifestada en estas actuaciones que terminaron en el evidente abuso de autoridad, que había otras razones: “el designio que habían pactado con anterioridad: clausurar el local comercial”.
Es decir que quienes concurrieron en primera instancia, ya tenían la orden de Alveolite de clausurar encontraran lo que encontraran, y agrega el fiscal: “aparecía ciertamente llamativo que el propio subsecretario de Control Municipal hubiera ingresado a la propiedad privada lindera al local comercial instantes después de producida la clausura”. Decían los fiscales que sólo se explicaba porque el comercio formaba parte de una vivienda cuyo estado de ocupación era cuestionado, problema al que era ajena Beratz, la locataria.
Los inspectores Tonello y Bargas ignoraron la existencia de la oblea identificatoria que les fue exhibida, así como el cumplimiento de los requisitos para su expedición. Ignoraron que podrían haber accedido a un sistema informático de consulta si tenían alguna duda, antes de clausurar. Sólo mostraron una hoja de su expediente que decía que la habilitación había vencido y que tenían que clausurar. Otras tres personas que llegaron con ellos solicitaron la facturación del comercio, y se dispusieron a controlarlo.
En aquel 10 de julio de 2013, la empleada que estaba a cargo del local fue quien presentó la oblea reglamentaria y los talonarios. Ella misma se comunicó telefónicamente con la dueña, quien quiso hablar por teléfono con los funcionarios. Ellos se negaron, y le dijeron: “no tenemos nada que conversar”. Le indicaron que juntara toda la documentación para el Tribunal de Faltas, porque pasados 5 minutos no iba a poder volver a entrar allí.
La empleada pidió que esperaran a un empleado del estudio contable que se haría presente, pero le dijeron que no y, que si no se iba, la sacaba la policía. Ellos insistían en que la oblea no quería decir nada, porque podía ser falsa; para el fiscal, no es posible realizar una imitación apócrifa de ese documento, ni adulterar sus datos.
Medio fallo
En aquel momento la situación fue sumamente irregular. Nunca hubo una intimación previa a la clausura, ni se realizaban jamás operativos de estas características por falta de una declaración jurada, menos aun con apoyo policial.
Pero en medio de este ambiente enrarecido y de esta denuncia cargada de evidencias, ahora los jueces entienden los argumentos de los fiscales Pizzo y Berlingieri, aunque sólo hasta donde les conviene. Lo dicho les alcanza para revocar el sobreseimiento a Tonello y Bargas, porque saben que la Ordenanza 20.054 es muy clara cuando indica que hay que respetar lo que dice la oblea. Les alcanza para seguir adelante con el procesamiento de los nombrados por abuso de autoridad y falsedad ideológica de un documento público, pero no para procesar a Alveolite, cuyo sobreseimiento subrayan, porque él “no participó del acto abusivo”.
Claro, él se cuidó mucho de llegar en el momento preciso, y sólo estuvo en el violento incidente posterior que apuntaba al desalojo compulsivo de la vivienda lindera, la que daba hacia la calle Alvear. Se trata de la casa principal, cuya propiedad reclamaban las hermanas Joaquín, que habían visitado a Alveolite en su despacho dos días antes.
A los jueces no les importa que fuera el mismo exsubsecretario quien había confiado a los ahora procesados tareas que en efecto no les eran habituales, según confirman todos los testigos municipales. Siguen diciendo que lo expuesto no es suficiente para considerar que Alveolite haya tenido la intención de perjudicar a alguien de manera expresa. Pero sí les cabe a sus personas de confianza, Tonello y Bargas, que fueron a cumplir las órdenes por obediencia debida.
Otra vez el hilo se corta por lo más fino. Otra vez los patoteros de siempre caen parados porque supieron dónde firmar, y en qué punto aparecer. Otra vez la ferocidad del poder que hace al ciudadano común sentirse presa de una estructura de impunidades que se retroalimenta al infinito. Otra vez.
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