Qué pasó en otros países de América Latina donde ya rigen leyes de etiquetado frontal de alimentos

Qué pasó en otros países de América Latina donde ya rigen leyes de etiquetado frontal de alimentos

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:El Congreso nacional debate una iniciativa para incluir sellos en forma de octágonos negros al frente de los envases de alimentos que posean altos niveles de nutrientes críticos. Existen 4 países de la región con leyes similares: Chile, Perú, México y Uruguay. En estos países los fabricantes adaptaron sus productos, reduciendo su contenido en azúcar, sodio y grasas. Además, disminuyó la compra de bebidas azucaradas y de cereales, y los consumidores dijeron reconocer con más facilidad la calidad nutricional de los productos.Sin embargo, también se registraron incumplimientos a las normas y, en otros casos, se flexibilizaron los perfiles de nutrientes en beneficio de las corporaciones alimenticias.

El Congreso nacional debate una iniciativa (actualmente está en Diputados y ya fue aprobada por el Senado) que establece que los alimentos y bebidas que posean altos niveles de nutrientes críticos (azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y/o calorías) deben llevar en el frente de sus envases una etiqueta negra impresa que así lo indique, a modo de advertencia.

La llamada ley de etiquetado frontal de alimentos, que es como se conoce popularmente a la iniciativa, se denomina formalmente régimen de “Promoción de la Alimentación Saludable”. Establece que el sistema de advertencia nutricional en los envases serán octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas con las leyendas “Exceso en azúcar”, “Exceso en sodio” o “Exceso en grasas saturadas”, etc.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Nación, pero los valores máximos de calorías, azúcares totales, grasas saturadas y sodio deberán cumplir con el perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) –aprobado en octubre de 2014-, que es justamente una herramienta para clasificar los alimentos procesados y ultraprocesados con exceso de nutrientes (el modelo no se aplica a los alimentos frescos, naturales o mínimamente procesados).

Además, la iniciativa prohíbe -entre otras cosas- toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes.

Aunque en la Argentina se está debatiendo ahora el proyecto de ley de etiquetado frontal de alimentos, existen 4 países de la región en el que ya rigen normas similares: Chile, Perú, México y Uruguay.

¿Qué consecuencias produjeron las leyes de etiquetado frontal en los países de la región? Te lo contamos en esta nota.

Chile

Chile fue el pionero en la región en sancionar una ley de etiquetado frontal en 2012 que establece que los alimentos que tengan un exceso de nutrientes críticos deberán rotularse como “alto en calorías”, “alto en sal” o con otra denominación equivalente. La ley entró en vigencia el 27 de junio de 2016 y su implementación fue gradual.

En 2018 se realizó una primera evaluación sobre su impacto a través de un estudio elaborado por el Instituto de Nutrición y Tecnología de Alimentos (INTA) de la Universidad de Chile, en conjunto con la Universidad Diego Portales, del mismo país, y la Universidad de Carolina del Norte de EE.UU. Entre sus conclusiones se destaca que las compras de bebidas azucaradas y cereales disminuyeron en 25% y 9%, respectivamente.

Además, se redujo la cantidad de sodio y azúcares en importantes categorías de alimentos envasados; la gente logró reconocer mejor la calidad nutricional de los alimentos envasados, y los niños tuvieron menor exposición a publicidad de alimentos “Alto en”.

También, un informe del Ministerio de Salud de Chile destaca un elevado cumplimiento de la regulación y una alta valoración y comprensión de la medida por parte de la población: el 92,9% de las personas declaran entender la información que entregan los sellos.

Perú

En Perú también rigen las advertencias nutricionales en forma de octógonos negros: se llama “Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes”, fue aprobada en 2013 y puesta en vigor en 2017, con la aprobación de un reglamento y un manual de advertencias publicitarias.

Un equipo de investigadores peruanos de la Universidad Cayetano Heredia realizó un estudio exploratorio en 15 colegios de Lima en diciembre de 2019 para describir la oferta de alimentos y publicidad dentro y fuera de los colegios, y se determinó que en el 70% de estos establecimientos educativos seguían vendiendo alimentos con octógonos en los kioscos y cafeterías internos y que el 60% de los colegios tenía publicidad de alimentos procesados y ultraprocesados, lo que significa que no se estaba cumpliendo la norma.

Sin embargo, el estudio también analizó cómo los fabricantes sí modificaron los ingredientes y el contenido nutricional de sus productos para adecuarse a la ley y así evitar que lleven octógonos. Por ejemplo, reemplazando el azúcar por edulcorantes no calóricos, como la stevia o la sucralosa.

El periodista especializado Pier Barakat, del diario El Comercio, dijo a Chequeado que en Perú “algunos productos ahora se promocionan con leyendas como ‘no tenemos octógonos’” y que se trata de “empresas que reajustaron sus fórmulas y convirtieron sus productos en ‘productos sanos’, porque no superan los límites máximos de azúcar, sodio o grasas”. “Por ejemplo, hay papas fritas locales y jugos envasados que usan eso como estrategia publicitaria”, dijo.

Uruguay

En 2018, Uruguay se convirtió en el tercer país de América en adoptar el sistema de rotulado frontal de advertencias en alimentos con la publicación del Decreto 272, que les concedía a las empresas un periodo de adaptación de 18 meses; es decir que el etiquetado entraba en vigor el 1 de marzo de 2020. Pero el Gobierno uruguayo aprobó otro decreto por el cual no sólo prorrogó la fecha de entrada en vigencia a febrero de 2021, sino que también estableció variaciones a la norma original.

Según un artículo de la la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), en Uruguay las estrategias empleadas por la industria fueron las mismas que en Chile, Perú y México, pero se produjeron cambios al sistema de perfil de nutrientes de la OPS, “dando lugar a una normativa más flexible y amigable con la industria alimenticia, y en evidente perjuicio para la salud pública”.

Así es que en Uruguay las empresas tienen la posibilidad de vender como productos libres de sellos a aquellos que contengan un 20% más de sodio (de 400 a 500 miligramos), 30% más de azúcares (de 10 a 13 gramos), 45% más de grasas saturadas (de 9 a 13 g) y 50% más de grasas totales (de 4 a 6 g), en porciones de 100 gramos o 100 mililitros, según la Fundeps.

México

En este país también rige desde 2020 una norma que prevé la impresión de octógonos en los envases de alimentos y bebidas con alto contenido en sodio, grasas y azúcares, y que prevé una implementación por fases en 3 años. La primera fase entró en vigor el 1 de junio último.

A diferencia de la regulación chilena, en que se basa esta norma, en México los productos que contengan edulcorantes o cafeína también están obligados a tener una leyenda que especifique la presencia de estas sustancias, así como la advertencia de “evitar o no recomendable en niños”. 

El Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) señaló que “por ahora es muy pronto para hacer un análisis comparativo por marcas y evaluar los cambios en hábitos alimenticios, debido a la existencia de productos nuevos en el mercado sin antecedentes de ventas a partir de la implementación del etiquetado de advertencia, lo cual podría provocar un sesgo en los resultados”.

Otros sistemas de etiquetado

Además del modelo de advertencia con octógonos negros que se discute en el Congreso, en el mundo se implementaron otros esquemas de etiquetado frontal de los alimentos con finalidades diferentes, como las Guías Diarias de Alimentación (GDA) que indican el número de calorías, la cantidad de ciertos nutrientes y su aporte porcentual a la ingesta diaria, que utiliza Reino Unido.

También el modelo de semáforo que indica a los consumidores los niveles de grasa, azúcar y sal en sus productos, con los colores rojo, amarillo y verde como advertencia. Este sistema se implementó en Ecuador en 2014 y Bolivia en 2017. 

Otro sistema es el de resumen que otorga una puntuación resumida al valor nutritivo del producto, por ejemplo los 5 niveles del sistema Nutri-Score elaborado en Francia -que emplea las letras A, B, C, D y E-  o las puntuaciones del sistema Health Star Rating de Australia, que va de media estrella a cinco estrellas.

Qué dicen otros estudios

El Ministerio de Salud de la Nación realizó 2 estudios (ver acá y acá) en los que pondera al rotulado frontal de advertencia octogonal como método superador para propender a la alimentación saludable de la población.

Además, un meta análisis publicado en la revista científica de la Asociación Dietética Británica (BDA, por sus siglas en inglés) reúne 14 estudios que destacan que el impacto de este tipo de sistemas de advertencias puede ser “sustancial” en las compras del hogar.

El martes último, en un comunicado conjunto, UNICEF, la OPS y la FAO recomendaron apoyar sin cambios y sin más dilaciones la sanción del proyecto de ley, por considerarlo “una medida clave para la prevención de la creciente epidemia de obesidad en niños, niñas y adolescentes, y de otras enfermedades que afectan a la población argentina”.

Los principales actores en contra del proyecto de ley provienen de la industria alimenticia. Entre ellos, la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL), desde donde aseguraron en un comunicado que publicó Página 12 que “los modelos aislados que preconizan la demonización de los alimentos, lejos de cumplir sus objetivos, constituirán un daño en los consumidores al proporcionar información incorrecta”. 

Según la última Encuesta Nacional de Factores de Riesgo de 2018, en la Argentina el 61,6% de las personas tienen exceso de peso: 36,2% tienen sobrepeso y 25,4%, obesidad.

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