La Sala I del Tribunal Contencioso Administrativo hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por el vocal de la Comisión Municipal de Yala, Santiago Tizón (Frente Jujeño/PS) y la vecina de Lozano Silvia Saavedra en contra de la Comisión Municipal de Yala por la negativa a informar sobre los pases a planta permanente de trabajadores que se habrían realizado en noviembre del año pasado.
El amparo fundado en la ley Nº 4444 de acceso a la información pública sucedió luego que el vocal Tizón presentara un pedido de informe sobre los pases a planta permanente en la Comisión Municipal de Yala. Ante dicho requerimiento el comisionado Vargas Durán denegó el pedido alegando que las designaciones de planta permanente eran un acto “reservado o secreto de la administración, que dicho informe vulnera la intimidad de los trabajadores”, respuesta que habilitó la vía judicial.
Ahora, el Tribunal le ordenó al comisionado de Yala, Facundo Vargas Durán, que en el plazo de 10 días informe sobre los pases a planta permanente que había solicitado el vocal Tizón bajo apercibimiento de aplicarle una multa por cada día de incumplimiento en la persona del comisionado y de igual modo deberá pagar los honorarios profesionales y gastos del juiciopor ser la parte vencida en juicio. Por su parte el vocal del Partido Socialista – Frente Jujeño,Santiago Tizón, refirió que “es un fallo muy positivo, el comisionado de Yala debe comprender que el Municipio no tiene dueño y es un principio básico del sistema Republicano la publicidad de los actos de gobierno”.
“La Comisión Municipal de Yala se caracteriza por un oscurantismo absoluto, en el cual, ni si quiera se conocen las Ordenanzas y Decretos vigentes, ya que hasta la fecha Vargas Durán no cumplió con la publicación de ellos, de igual modo hace más de diez año que no informa como gasta los recursos públicos al no presentar rendiciones de cuentas”, explicó Tizón.
Comentá la nota