El proyecto prevé tasas similares al de 2016 macrista, con topes más flexibles. También beneficios impositivos a quienes adhieran al régimen.
Por Eugenia Muzio
El presidente Javier Milei envió al Congreso un proyecto de Ley Ómnibus que, entre sus artículos, establece un régimen de blanqueo de capitales más amplio y flexible al que implementó Mauricio Macri entre 2016 y 2017. Tras la experiencia de Cambiemos, la administración libertaria fue muy precisa en puntualizar quiénes entran y quiénes no: familiares de quienes tengan cargos públicos fueron excluidos; también excónyuges.
Del artículo 130 al 165, el Poder Ejecutivo detalla un Régimen de Regularización de Activos que quienes declaren patrimonios de hasta U$S 100.000, no pagarán ninguna tasa por adherir al programa. Según el momento del ingreso, las alícuotas serían del 5%, 10% o 15%. Los porcentuales son similares al del blanqueo macrista, con la diferencia de que el tope hasta el que no se pagaba ningún impuesto era de $ 305.000 o U$S 20.300 al tipo de cambio oficial de ese momento.
La propuesta del oficialismo aclara que entre las personas excluidas están familiares de funcionarios públicos, cónyuges, ascendientes y los descendientes de los sujetos alcanzados por la norma, excónyuges y quienes "hubieran sido cónyuges durante el tiempo en el que dichos sujetos se desempeñaron" en las funciones públicas. En noviembre de 2016, Macri firmó un decreto que permitía que sus familiares y del resto de sus colaboradores ingresaran al blanqueo de capitales. En octubre de este año, la justicia lo declaró nulo.
Tal como el proyecto del exmandatario, los contribuyentes que regularicen sus activos gozarán de beneficios tales como dejar de pagar el Impuesto a las Ganancias, las salidas no documentadas; la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas y sobre los Créditos; y los débitos en cuentas bancarias y otras Operatorias.
Quiénes pueden acceder al blanqueo de capitalesPersonas humanas, residentes, inscriptas o no como contribuyentes de la AFIPPersonas humanas, sociedades, y otros entes que tengan bienes ubicados en Argentina o por las rentas que hubieran obtenido de fuente argentinaPersonas humanas no residentes que fueron residentes fiscales argentinos antes del 31 de diciembre de 2023Quiénes no pueden acceder al blanqueo de capitalesFuncionarios públicosFamiliares de funcionarios públicos y excónyugesLos declarados en estado de quiebraLos condenados por alguno de los delitos financieros, tributarios y aduaneros, sin condena cumplidaLos condenados por delitos comunes, sin condena cumplidaProcesadosPersonas jurídicas cuyos socios o integrantes del directorio estén condenados, sin condena cumplida.Cuál es el plazo para ingresar al blanqueo
El plazo para adherir al régimen de regularización se extenderá hasta el 30 de noviembre de 2024 y se dividirá en tres etapas:
hasta el 31 de mayo de 2024, inclusivehasta el 31 de agosto de 2024, inclusivehasta el 30 de noviembre, inclusiveDe cuánto será la alícuota para el ingreso
El llamado Impuesto Especial de Regularización se calculará en dólares estadounidenses y estará diferenciado según el monto a blanquear y el momento de ingreso al régimen. La base imponible será el valor total de los bienes regularizados:
Hasta el 31 de mayo del 2024, inclusive, la alícuota será del 5% si la base imponible total regularizada supera los U$S 100.000. Hasta esa suma, el porcentaje es 0%.Entre el 1 de junio y el 31 de agosto del próximo año, el pago asciende al 10% por encima del mismo montoDel 1 de septiembre al 30 de noviembre se pagaría el máximo porcentaje del 15% sobre el mismo rango.
"Si un mismo contribuyente decidiera regularizar bienes en más de una Etapa del presente régimen, sobre la base imponible de los bienes que regularice en las Etapa 2 y/o Etapa 3 corresponderá aplicar la alícuota del 10% o 15%, respectivamente, sin considerar a tal fin la franquicia del primer escalón de la escala prevista en los párrafos anteriores, la cual solo será de aplicación a la primera Etapa en la que el contribuyente regularice bienes", aclara el texto enviado al Congreso.
Qué bienes pueden ingresar al blanqueoMoneda nacional o extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias o de cualquier otro tipo de entidades residentes en Argentina.Inmuebles ubicados en el paísAcciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares, siempre que el sujeto emisor de dichas acciones, participaciones o derechos sea considerado un sujeto residente en Argentina bajo las normas de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, y siempre que estos títulos o derechos no coticen en bolsas o mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores.Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares, que coticen en bolsas o mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores.Otros bienes muebles no incluido en incisos anteriores, ubicados en Argentina.Créditos de cualquier tipo o naturaleza, cuando el deudor de dichos créditos sea un residente fiscal argentino bajo las normas de la Ley del Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 2019 y sus modificaciones).Derechos y otros bienes intangibles no incluidos en incisos anteriores, que sean de propiedad de un sujeto residente fiscal en Argentina bajo las normas de la Ley del Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 2019 y sus modificaciones), o que recaigan sobre bienes incluidos en otros incisos de este artículo 137.1.Otros bienes ubicados en el país susceptibles de valor económico, incluyendo los bienes y/o créditos originados en pólizas de seguro contratadas en el exterior de titularidad de sujetos residentes fiscales en argentina bajo las normas de la Ley del Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 2019 y sus modificaciones), o respecto de los cuales dicho sujeto residente en el país sea beneficiario.
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