Algunas obras sociales y prepagas decidieron reducir los descuentos que aplican sobre los medicamentos utilizados en el tratamiento de enfermedades crónicas. Estos medicamentos recetados, que tenían para el afiliado el descuento del 70% a la hora de comprar esos remedios recetados, se venden ahora pero con un descuento de solo el 40%. Es el caso de los medicamentos para la hipertensión.
Sin embargo, en el Ministerio de Salud dijeron que no hay cambios en los descuentos del 70% sobre esos medicamentos. Y que la Superintendencia de Servicios de Salud deberá aclarar la situación creada.
Los afiliados al sistema de salud están recibiendo mensajes de obras sociales y prepagas donde se señala que por Resolución 27/2022, de Salud, "algunos medicamentos serán cubiertos al 40% y otros al 70%, según corresponda". Por ejemplo, los medicamentos en base a la droga Candesartán, que se receta solo o en combinación con otros, para tratar la presión arterial alta, no figura con el descuento del 70% en el nuevo listado del Ministerio de Salud.
Según el Ministerio de Salud, “la Resolución 27/2022 no tiene nada que ver con el cambio de los porcentajes de cobertura sobre 85 principios activos sino que establece precios de referencia para la adquisición de esos medicamentos”. Esos 85 principios activos incluyen a unas 1.200 presentaciones farmacéuticas.
Desde 2004, “la cobertura de medicamentos para patologías crónicas más frecuentes aumentó de un 40% a un 70%. Se amplió así la cobertura sobre el precio de referencia de aquellos medicamentos destinados a las enfermedades de curso crónico y gran impacto sanitario, que requieren de modo permanente y/o recurrente del uso de fármacos”.
“Esta medida beneficia a los afiliados de Obras Sociales Nacionales, Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud y a los socios de empresas de medicina prepaga”, informó en su momento el Ministerio. Y se detallaba, por ejemplo, que las enfermedades crónicas más frecuentes contempladas en esta nueva medida, abarcaba Enfermedades Cardiovasculares y Tratamientos de Prevención primaria o secundaria, como Hipertensión Arterial Esencial, Hipertensión Arterial Secundaria, Insuficiencia Cardíaca, Arritmias”.
En las obras sociales y prepagas dicen que “la resolución ministerial establece que el monto fijo a cubrir por el agente financiador (obra social o entidad de medicina prepaga) es del 70 por ciento del precio de referencia de los medicamentos que contengan los principios activos aprobados”. Y que por lo tanto, algunos medicamentos de enfermedades crónicas no están en el listado de las 1.200 presentaciones farmacéuticas, como en el caso de los medicamentos en base a la droga candesartán.
En esos casos, las obras sociales o prepagas podrían no cubrirlo, cubrirlo al 40% o al 70%, pero no están obligadas a realizar uno u otro descuento, sostienen desde el sector.
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