Obras sociales y prepagas deben cubrir práctica del aborto

Obras sociales y prepagas deben cubrir práctica del aborto

Todas las obras sociales y prepagas deben garantizar a sus afiliados la práctica gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Tienen un plazo de diez días para realizar la intervención. Mientras tanto, el sistema de salud de la provincia, en estos momentos se encuentra elaborando un protocolo especial para dar cumplimiento a la Ley 27.610, que se estima ya estará disponible en los próximos días.

 

La Ley de interrupción voluntaria del embarazo entró en vigencia a fines de enero en todo el país. Entre sus artículos, contempla que las obras sociales y prepagas no sólo deberán prestar el servicio, sino también informarle a la persona gestante sobre el procedimiento, las posibles consecuencias y los posteriores cuidados. En la provincia, las obras sociales, nacionales, sindicales e identidades de medicina prepagas, que están dentro del Sistema de Fiscalización y contralor de la Superintendencia de Servicios de Salud, están habilitadas para realizar la IVE.

 

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