Críticos del proyecto de ley, los especialistas mendocinos dicen que tampoco facilita los allanamientos, ni incluye los juicios acelerados. Sólo se hace hincapié en los delitos federales.
El nuevo Código Procesal Penal no incorpora la extracción de ADN como regla, no facilita los allanamientos ni incluye los juicios de flagrancia, que permiten acelerar los procesos judiciales al máximo. Por éstas, entre otras razones, algunos especialistas le tienen poca fe a la efectividad que pueda tener la norma para combatir el narcotráfico, la trata de personas, la evasión impositiva o el contrabando, que son el grueso de los delitos federales que están bajo su órbita.
Además consideran que la norma por sí sola no sirve demasiado si no hay una fuerte inyección de recursos, y algunos otros cambios legales paralelos para que pueda,en términos palpables, cambiar la realidad de la Justicia.
De todos modos pese a algunas fallas que se le objetan, en términos generales representa un avance que pone a la Justicia nacional a tono con las modificaciones que ya han efectuado las provincias a sus códigos penales.
Los entendidos en el tema coinciden, además, en la necesidad de modernizar los procesos judiciales y ponerse a tono con el resto de los países de América Latina.
En concreto
Hasta ahora, el nuevo código es sólo un proyecto de ley que ingresó al Congreso y que deberá ser discutido en el seno de sus comisiones. El proyecto que envió Cristina de Kirchner apunta a modificar los procesos judiciales de los delitos federales. Es decir, la norma no tiene relación con el resto de los delitos penales que tienen jurisdicción provincial y que están tipificados por el Código Procesal Penal provincial, con una sola particularidad. En Mendoza, desde el año 2004, conviven dos sistemas penales. En ese año se puso en marcha el nuevo Código en el Gran Mendoza (Capital, Godoy Cruz, Las Heras, Guaymallén, Maipú) y Lavalle, mientras que en el resto de la provincia la Justicia se rige por el Código antiguo.
Juan Carlos Aguinaga (PD), Alejandro Cazabán (PJ) y Leopoldo Orquín (UCR) fueron los encargados de elaborar el nuevo código. Tomaron como referencia el Código de Córdoba y lo adaptaron a Mendoza.
Con esa reforma la primera instrucción de los delitos quedó a cargo de las oficinas fiscales que funcionan en las comisarías. Algo similar a lo que ahora ha instrumentado el Gobierno nacional.
En relación al texto del nuevo código Aguinaga, destacó en declaraciones expresadas a radio Nihuil la importancia de que exista un proceso oral: “Nosotros tenemos juicio oral con el antiguo código y también con el nuevo. En el proyecto del Código Nacional también habrá oralidad en la primera parte del proceso cuando se discute la prisión preventiva o la libertad del acusado; ahí habrá una audiencia. Esto es lo que se hacen los códigos avanzados para establecer las pruebas a favor y en contra del acusado desde el inicio de la investigación”.
Por su parte el diputado nacional por la UCR Luis Petri, especialista en temas de seguridad, fue más crítico con la iniciativa oficial. Si bien destacó la necesidad de modernizar los procedimientos penales, se lamentó “porque hoy el Ministerio Público se muestra como un apéndice del Gobierno nacional. Los fiscales han estado y están fuertemente vinculados al Gobierno actual”.
Petri también se mostró escéptico ante la promesa presidencial de que con este nuevo código se termina “la puerta giratoria”, la expresión que patenta el hecho de que los detenidos entran por una puerta y salen por la otra, “en realidad, en el texto del proyecto los criterios actuales para dictar la prisión preventiva, no varían”, esclareció el legislador.
En cuanto el verdadero impacto que pueda tener en la optimización de los procesos penales Petri señaló que depende de quién lo implemente, es lo que resulta de la norma penal. Sostuvo además que la norma de Mendoza es más avanzada que la que se pretende sancionar a nivel nacional, porque el texto enviado al Congreso no contempla los juicios de flagrancia, no avanza para facilitar los allanamientos y no incorpora como regla la extracción de ADN para la identificación de personas.
Por su parte el diputado provincial Daniel Cassia (Compromiso Federal), especialista en temas de seguridad, también fue crítico con la iniciativa. “En teoría, en los papeles la nueva norma debería tener un impacto directo en el combate contra el delito, pero la experiencia indica que una gran herramienta como ésta en manos equivocadas va directo al fracaso”.
“Es bueno que se estén unificando los criterios procesales, pero hacen falta recursos para que el nuevo código funcione, de lo contrario pasará lo mismo que en Mendoza; no se invirtió para formar la Policía Judicial, no hay detectives; sin las herramientas necesarias, el Código Procesal Penal de la provincia es inútil. Lo mismo pasará con el Código Nacional”, sentenció.
►Federal. Walter Bento se excusó de opinar. “Mi deber es aplicar la norma, no redactarla”. Bento está a cargo de la Justicia penal y de la electoral. Pero además subroga el Juzgado Federal Nº3 desde hace 6 años, cuando se jubiló Alfredo Rodríguez y no se nombró a otro magistrado.
Los ejes del texto que envió el oficialismo
El proyecto reduce a tres años los plazos para las causas penales, castiga a los jueces que demoren los casos, establece medidas alternativas a la prisión preventiva, amplía la intervención de las víctimas en los procesos y prevé la expulsión de los extranjeros sorprendidos delinquiendo en casos menores.
Éstos son los principales ejes que reúnen los 349 artículos y dos anexos del proyecto de ley, y que suponen un cambio profundo en la manera en que tramitarán las causas penales. El cambio principal es que propone que en lugar de ser los jueces los que investiguen, ahora serán los fiscales los encargados de hacerlo. Los jueces se convertirán en un tercero imparcial, que evaluará la legalidad de las pruebas que presente el fiscal.
Este sistema, denominado acusatorio, remplaza al viejo mecanismo inquisitivo y al mixto que se aplica en la Justicia federal desde 1992, cuando se hizo la última reforma. Este sistema acusatorio, considerado más moderno y vigente en casi todo el mundo, se aplica ya en Mendoza y en 15 provincias más, incluida Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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