Nuevas fórmulas de la tributaria para bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados

Nuevas fórmulas de la tributaria para bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados

El Ministerio de Hacienda dijo que habrá un periodo de transición de un par de años en los que se permitirán más azúcar en el contenido

 

Siguen los acuerdos entre el Ministerio de Hacienda y los ponentes de la reforma tributaria, esta vez, frente a los impuestos saludables que aplicarían a las bebidas azucaradas y los alimentos ultraprocesados.

El ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, anunció una nueva fórmula que se le aplicará a las bebidas con alto contenido en azúcar y dijo que se permitirá un porcentaje mayor del endulzante por un periodo de transición de un par de años.

A las bebidas que contengan menos de seis gramos de azúcar por cada 100 mililitros no se les aplicará este impuesto saludable, pero las que tengan entre 6g y 10g tendrían que pagar una tarifa de $18 por cada 100 mililitros y las que tengan más de 10 gramos de azúcar pagarían $35.

La propuesta inicial contemplaba que las bebidas que no iban a pagar el impuesto adicional eran las que contenían menos de cuatro gramos de azúcar. La tarifa de $18 empezaría a aplicar para las que tengan entre 4g y 8g y las que tengan más de ocho gramos de azúcar pagarían $35.

Esta última fórmula sigue en pie, pero no se impondría desde el próximo año, sino después de 2025 con las tarifas transitorias ya mencionadas.

En cuanto a los alimentos ultraprocesados, la tarifa de 10% sobre el precio de venta se mantiene por ahora, pero solo aplicaría para los grandes productores. Según el ministro José Antonio Ocampo, las panaderías y productores pequeños estarán exentos de pagar este gravamen, aunque no queda claro cómo se hará el seguimiento.

"Los impuestos de alimentos ultraprocesados y bebidas no se aplican a pequeños productores. Si el productor es una panadería de hasta cierto tamaño no se le cobrará el impuesto. Depende del nivel de ventas de la tienda. Si está por debajo de cierto nivel de ventas no se le cobrará", dijo el ministro Ocampo a su salida de la reunión con los ponentes.

El jefe de la cartera económica también anticipó que hay una larga lista de estos comestibles que estarán exentos de pagar el tributo, tales como el salchichón, la butifarra, las salchichas y los demás de consumo masivo, especialmente, por la población más pobre.

De acuerdo con el CEO del Área Andina en H+K Strategies, Juan Ernesto Parra, en Colombia ya existe un método para hacerles seguimiento a los pequeños negocios y medir su capacidad de ventas.

"Existe una categorización de venta al por menor a través del código Ciiu, que es medible a través del registro del RUT. Por lo tanto, ya existe un seguimiento para poder determinar las panaderías y las tiendas de barrio que se pueden medir y controlar. Sin embargo, también hay un alto nivel de informalidad, que debe tener unos incentivos claros en temas tributarios, sobre todo para los microempresarios de barrio", explicó Parra.

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