El incidente ocasionó daño ambiental en un radio de 1200 metros cuadrados, en el yacimiento denominado “San Goyo”. El hecho sucedió en septiembre y para las autoridades de Hidrocarburos "la negligencia ante la inobservancia de sus deberes ha sido debidamente acreditada”.
La Secretaría de Hidrocarburos de la provincia rechazó una nulidad planteada por el abogado Sergio Saud, representante legal de YPF, respecto a una multa aplicada a la empresa por no haber adoptado los recaudos de seguridad pertinentes en el derrame de hidrocarburos, debido a una válvula mal cerrada, lo cual afectó al medio ambiente, en un incidente que la empresa mantuvo en total hermetismo.
Con el dictado de la resolución 35/2020, la Secretaría de Energía no hizo lugar al planteo de nulidad de los actos administrativos realizados por la fiscalización y de esa manera dejó firme la sanción que fue impuesto a la operadora petrolera, luego de haberse verificado el incidente que sucedió por negligencia de la firma.
El hecho sucedió en la batería “San Goyo”, operada por la empresa YPF SA, donde el 5 de septiembre personal del área de fiscalización de la Secretaría constató un derrame de crudo, por lo que se procedió a elaborar un acta y una denuncia de “incidentes ambientales- derrames de fluido”.
La pérdida de crudo afectó un área aproximada de 1.200 metros cuadrados y se pudo constatar que se debió a un error de operación, por lo que se procedió al cierre de la válvula en cuestión y, para proceder a la remediación del daño causado, la extracción del fluido con camión de vacío.
De acuerdo a lo indica la resolución 35/2020 la causa de ese derrame “corresponde a una falla operativa de la válvula de drenaje del filtro de succión de bomba Stork (válvula manual que no fue cerrada)”.
La Secretaría de Hidrocarburos elevó el informe técnico 01/2020) donde es advertido el error de operación junto a otras irregularidades, concluyendo que la empresa evidencia una falta de medidas de seguridad, lo cual constituye "un peligro potencial para la afectación adecuada de la operación”.
En las conclusiones de los actos administrativos, que derivaron en la sanción, el área de fiscalización de la Secretaría de Hidrocarburos “como concesionario y operador incurrió en un incumplimiento de sus obligaciones al no adoptar las medidas necesarias para evitar daños”.
Abunda los fundamentos de la resolución que el “error de operación no es nada más ni nada menos que un evidenciado y reconocido incumplimiento de las obligaciones al no adoptar las medidas necesarias para evitar daños que como concesionario la empresa YPF S.A. tiene frente a esta provincia”.
"La negligencia ante la inobservancia de sus deberes ha sido debidamente acreditada”, señalan las autoridades de Hidrocarburos, que resolvieron aplicar a la empresa una multa equivalente a 600 metros cúbicos de petróleo crudo nacional, a valor del mercado interno, monto que fluctúa en función del precio del barril y del dólar.
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