La motosierra de Javier Milei, el trasfondo de “idiotas”, “débiles mentales” e “imbéciles”

La motosierra de Javier Milei, el trasfondo de “idiotas”, “débiles mentales” e “imbéciles”

La Agencia Nacional de Discapacidad estableció a través de una resolución parámetros médicos para evaluar la invalidez laboral. Expertos advierten que la norma refuerza un modelo médico excluyente y omite la participación de organizaciones de personas con discapacidad.

 

Milagros Moreni

El ruido de la motosierra de Javier Milei se escucha detrás de la polémica por las calificaciones de distintos grados de discapacidad como “idiotas”, “débiles mentales” e “imbéciles”. Los términos fueron utilizados por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, en una resolución publicada el 14 de enero en el Boletín Oficial, que aprueba el “Baremo (tabla o escala) para la evaluación médica de invalidez de las Pensiones no Contributivas por Invalidez Laboral”.

El objetivo de la norma es “determinar la pertinencia del otorgamiento del beneficio por constatar incapacidad total y permanente”. Es decir, se establece un método para definir la validez o invalidez laboral de las personas, y con esto quiénes pueden y quiénes no acceder a una pensión.

La esencia de la resolución se vio esmerilada en la opinión pública por el fuerte rechazo que causó el uso de términos discriminatorios y retrográdos para referirse a personas con algún tipo de discapacidad. De hecho, Andis pidió disculpas y prometió revisarlos y modificarlos, pero aún así organizaciones sociales y de derechos humanos alertan sobre los riesgos detrás de estos parámetros y denuncian que la intención es aplicar un ajuste en la cantidad de beneficiarios que reciben la pensión por invalidez.

Advertencia de especialistas

Belén Arcucci, politóloga y coordinadora del programa Derechos de las Personas con Discapacidad de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), dijo a elDiarioAR: “Me llama mucho la atención que no se hayan dado cuenta de que estaban usando ese tipo de terminología obsoleta, vieja hasta para el modelo médico. Pero incluso, aunque modifiquen eso y pongan otros términos un poco más acordes, el problema de fondo, que es que van a seguir evaluando quién alcanza una invalidez del 66% en base a diagnósticos médicos, aunque estén mejor llamados, sigue siendo contrario al modelo social y a los derechos de las personas con discapacidad”.

Desde su perspectiva, con esta resolución, aunque modificada, “van a seguir en riesgo las pensiones cuando se evalúe a las personas con estos criterios, en lugar de tomar en cuenta también otras cosas que impiden el acceso al mercado laboral”.

Según Arcucci, el problema de fondo se inició desde el cambio de gestión y pasó por varias etapas, entre las que mencionó la difusión de información acerca de posibles fraudes detrás del cobro de pensiones por invalidez. “Una vez que se inició la auditoría en septiembre del año pasado, [el Gobierno] cambia los requisitos para acceder a la pensión. Vuelve a instalar requisitos que alguna vez estuvieron y que se habían modificado, entre ellos tener el 66% de invalidez laboral. Lo que hace la resolución es reglamentar de qué forma se tiene que medir ese 66%. Entonces, es una vuelta al modelo médico absoluto, que es una forma de entender la discapacidad como una cuestión individual ligada totalmente al diagnóstico médico”, señaló.

“Ese modelo se supera con el modelo social de la discapacidad, que establece que la discapacidad no nace de las características individuales de la persona, sino de la intersección entre sus características y barreras del entorno. Es decir, si no existieran barreras, si el mundo no estuviera todo pensado para determinado tipo de gente, todas las personas podrían hacer lo mismo. Entonces, lo que hace la resolución es volver plenamente a un modelo médico, donde lo que se va a tomar para establecer el grado de 'invalidez' es un baremo médico del año 1998”, agregó.

Para Arcucci, lo más grave es que “la resolución está enmarcada en un problema que es que determina que hay personas válidas y personas inválidas para el trabajo”. “Eso es absolutamente discriminador y capacitista, ya que cualquier persona podría trabajar con los apoyos que requiera. Aparte se profundiza el problema porque la forma de determinar qué personas son válidas y cuáles son inválidas es en base a diagnósticos médicos”, definió.

Diego Spagnuolo, titular de Andis, junto a Javier Milei. X - Diego Spagnuolo

A lo largo del Anexo de la Resolución 187/2025 se definen los “criterios médicos” para medir la invalidez laboral, requisito dispuesto desde septiembre de 2024, por el decreto 843/2024, para quienes perciben pensiones no contributivas.

La preocupación en esto, según la politóloga, es que “hay muchas personas que quizás no van a alcanzar ese 66% según este baremo, pero que igual tienen muchas barreras para acceder al mercado laboral por estereotipos, por obstáculos culturales, discriminación, etcétera”. Esto, de acuerdo con Arcucci, se traduce en varios problemas: “Primero, determinar que alguien es inválido o válido, y segundo, que para acceder a la pensión sólo hay que mirar el diagnóstico médico”.

Y sumó: “El último gran problema que le vemos a la resolución en particular es que no cuenta con la participación de las organizaciones de personas con discapacidad, que es una obligación del Estado por la firma de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad, que incluso en Argentina tiene jerarquía constitucional, y enfatiza mucho que en cualquier política dirigida hacia las personas con discapacidad o que las afecte debe existir un proceso de participación que obviamente no estuvo en esta resolución y en todo lo que está sucediendo en general en torno a las pensiones”.

Auditoría y bajas

El 11 de febrero el Gobierno envió las primeras cartas documento de su gestión para comenzar a auditar todas las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral (PNCIL) activas. Se remitieron 300.000 notificaciones a beneficiarios de las provincias de Chaco, Buenos Aires, Tucumán, Mendoza, San Luis y Santa Fe y se definió al proceso como “progresivo que abarca más de un millón de casos y que busca garantizar que las PNCIL cumplan con los criterios legales establecidos y asegurar que el beneficio llegue exclusivamente a quienes lo necesitan” con el fin de “generar un ahorro de $900.000 millones de pesos para este año”.

A través de un comunicado oficial, se explicó: “Este plan se inició en 2024 a raíz de las irregularidades detectadas en la tramitación de las pensiones. De las 22.417 pensiones auditadas el año pasado, solo el 20% cumplió con los requisitos establecidos, lo que evidencia la magnitud del problema. También se pudo detectar que 150 personas fallecidas y 212 presos cobraban una pensión por discapacidad. Incluso, el pasado octubre se logró capturar a 14 prófugos de la justicia que percibían este tipo de pensiones. De acuerdo con el cronograma de ejecución establecido, se espera contar con la evaluación de la totalidad de pensiones activas durante la primera mitad de 2025”.

Pensión por invalidez: quiénes acceden y cuánto cobran

Las pensiones por invalidez están destinadas, según la Anses, a “personas que se encuentran imposibilitadas de trabajar por razones de salud y en situación de vulnerabilidad social”. Su monto equivale al 70% de una jubilación mínima. Si se toma como referencia el valor de febrero de este año, una jubilación mínima es de $273.086,50 + bono de $70.000, por lo que la pensión por invalidez representa $240.160,55. La Canasta Básica Total, por adulto, para varones de entre 30 y 60 años es de $ 334.535,80 y para mujeres de la misma franja etaria de $257.592,56, con lo cual la pensión por invalidez no alcanza a cubrirlas.

Además, para ser pensionado por invalidez se deben cumplir varios requisitos como acreditar una incapacidad laboral del 66% o más, mediante un Certificado Médico Oficial (CMO), tener hasta 65 años y no cobrar jubilación ni pensión, entre otras formalidades.

La PNCIL es incompatible con cualquier tipo de relación laboral, ya sea de dependencia, en forma autónoma o monotributista del régimen general o monotributista social, por lo que alguien que percibe esta pensión no puede trabajar aunque pueden existir casos en que ambas cosas podrían ser compatibles. Por ejemplo, personas con sindrome de down que forman parte de programas laborales de integración.

En este contexto, según la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), “en los últimos años se ha reiterado la idea de que existe una cantidad desproporcionada de pensiones otorgadas en relación con el número de personas con discapacidad que viven en Argentina. En particular, se cuestiona especialmente que reciban esta prestación 1.212.187 personas.

Sin embargo, de acuerdo con los datos del Censo 2010, el 12,9% de la población total (40.117.096 de personas) tiene discapacidad, lo que equivalía en ese momento a 5.175.105 personas“. Entonces, si se apliacara ”ese mismo porcentaje a la población total que surge del Censo 2022 (46.234.830 de personas), el número ascendería a 5.964.293. En este sentido, suponiendo que la proyección de la población con discapacidad mantuviera el porcentaje de 2010 (12,9%), hoy en la Argentina solo el 20,3% del total de personas con discapacidad recibe una pensión no contributiva“.

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