El Gobierno nacional habilitó la flexibilización de más industrias y actividades en el distrito. Los desplazamientos de las personas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades exceptuadas.
Casi todo el país y el interior de la provincia de Buenos Aires avanzan hacia la fase 5 de la cuarentena de “distanciamiento social”. Todavía la ciudad de Buenos Aires y los municipios que integran el AMBA continúan en la etapa de aislamiento social, preventivo y obligatorio, algunos con mayor flexibilización que otros.
En este contexto, el Gobierno habilitó la reapertura de rubros y actividades en varias comunas. Una de ellas es Merlo. Las habilitaciones fueron publicadas en el Boletín Oficial, con la aclaración de que “se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus”.
Tomó intervención el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, sin objeciones respecto de la solicitud. Debe tenerse presente lo dispuesto en la Resolución N° 135/2020 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se establece la obligación de los empleadores de confeccionar e implementar un Protocolo de Higiene y Salud en el Trabajo, en el marco de la emergencia sanitaria producida por la propagación del COVID-1.
Por otra parte, el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, autoriza el desarrollo de las actividades de las Agencias Oficiales de Lotería de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo a lo previsto en la Decisión Administrativa N°919/2020 del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación y la Resolución N° 250/2020 de este Ministerio. En tal sentido se autoriza al Sr. Intendente Municipal, Gustavo Menéndez, a dictar del acto administrativo que autorice la actividad de las agencias oficiales.
Al respecto, se informa que el desarrollo de la actividad de las agencias deberá realizarse bajo el estricto cumplimiento del Protocolo de Seguridad, Higiene y Salud, aprobado por la Resolución N° 68/2020 del Instituto Provincial de Lotería y Casino (IF-2020-08905410- GDEBA-DJLIPLYC), debiendo cada distrito garantizar la fiscalización de su adeudado cumplimiento.
Asimismo, las personas que se encontraren afectadas a la actividad de las agencias, deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación –Emergencia Covid-19, establecido por la Decisión Administrativa N° 897/2020 del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación.
Los desplazamientos de las personas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada, debiendo las empleadoras y los empleadores garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.
Estas habilitaciones se suman a Massalin, industria alimenticia y comercios de cercanía que ya funcionaban en Merlo con protocolos aprobados.
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