De aprontes y coberturas. La situación de Darío Molaro en la justicia federal tiende a complicarse, pese al intento del juez Santiago Inchausti de cubrir la situación —derivada de la denuncia de la abogada Manuela Garra— enviando a archivo la causa. La Cámara Federal no dio lugar a la acción y en cambio indicó la intervención del cuerpo de auditores, dejando la ejecutividad de las acciones en cabeza del Juzgado Federal Nº1. La acción de abuso de poder y acoso denunciado estuvo a un tris de quedar en la nada misma.
UBER, capitulo local. El juez en lo correccional Leonardo Celci ratificó las acciones municipales que llevaron a infraccionar a un conductor que prestaba servicios para UBER en Mar del Plata. Representado al prestador del servicio de la app nacida en San Francisco (EE.UU.) actuó la abogada Ana Vacarezza, quien aportó abundante cita jurisprudencial basada en autos de tribunales de CABA. Celci en su fallo señaló: “la apelante pretende que la reciente forma de aparición de esta modalidad de contrato del servicio de transporte, a través de una plataforma digital, como forma novedosa, aún no fue contemplada, y sólo es captada por la legislación de fondo, siendo inencasillable en la antigua y desactualizada legislación. Entiendo que esta argumentación es muy débil ni bien se la confronta con los hechos. El infraccionado prestó transporte de personas sin contar con habilitación para ello. Resulta totalmente irrelevante si la prestación se convino por teléfono, radio llamada, e-mail, WhatsApp, boca a boca, en la vía pública, por una “app”, plataforma o por cualquier otro medio que exista o pueda existir en el futuro. La norma, desactualizada o no, está vigente, y capta perfectamente la conducta: prestar servicio de transporte con vehículo sin habilitación. Es innecesario reformarla cada vez que aparezca un adelanto tecnológico que modifique la forma de contratación, modalidad o prestación del servicio. Porque a los efectos de la ley es lo mismo contratar el servicio de transporte por teléfono, personalmente o por la plataforma UBER”. Dicho está.
De denuncias y actitudes. La fiscalía 10 de delitos económicos ha hecho saber que avanzará en una investigación basada en un artículo publicado en el diario de Florencio Aldrey Iglesias. Llama la atención porque —tal como señaló el abogado Julio Razona— en denuncias presentadas conforme a derecho por el atraco a IOMA, la fiscalía en cuestión no mueve el expediente. Lo de Bruna es curioso, parece funcionar como una extensión de la redacción del multimedio que lidera el anciano de Lugo; quien, dicho sea de paso, se encuentra encartado en los tribunales de La Plata por lavado de dinero en causa que comparte con Luis “Chiche” Peluso y el ex gobernador Daniel Scioli.
De denuncias y actitudes II. Justamente la fiscalía 10 bate records de causas archivadas. En una acción reciente impulsada por el abogado Martin Ferrá, al archivo —que corroboró el propio Fernández Garello—, se le sumó pedir al Colegio de Abogados que impulse sanciones en contra del letrado por tratar de manera indecorosa al fiscal de grado Roberto Pizzo. Les va el decoro formal, pero el decoro de hacer su trabajo es algo virtual: 90% de las causas se envían a archivo, pero se ofenden por los términos empleados en un escrito.
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