Un proyecto de ley que diseñó la OA propone instaurar la extinción de dominio
Con el empresario kirchnerista Lázaro Báez preso, y con la opinión pública aún conmovida por las imágenes de su hijo Martín contando millones de dólares en La Rosadita, el gobierno de Mauricio Macri dará en los próximos días un golpe de efecto: enviará al Congreso un proyecto de ley para que los bienes de origen ilícito provenientes de la corrupción y del lavado de dinero pasen a dominio del Estado.
La iniciativa, a cuyo detalle tuvo acceso LA NACION, fue elaborada por la Oficina Anticorrupción (OA), que dirige Laura Alonso. Lo innovador del proyecto es que se crea un nuevo instrumento jurídico, la extinción de dominio, mediante el cual el Estado podrá perseguir aquellos bienes de procedencia ilícita sin necesidad de una condena previa del individuo acusado.
En efecto, esta herramienta se diferencia del decomiso -previsto en el Código Penal- por cuanto en este último caso el castigo recae sobre el sujeto. La extinción de dominio, en cambio, es una acción legal de naturaleza civil que va por un carril independiente al de la vía penal, pues se dirige hacia los bienes de origen ilícito, más allá de la responsabilidad criminal del individuo.
"Las respuestas tradicionales al delito, tales como las penas privativas de libertad y las multas, mostraron ser poco eficaces contra la corrupción, además de que siempre llegan una vez cometido el acto ilícito -argumenta la OA en el proyecto-. Actuar contra los bienes es un complemento esencial y constituye un método eficaz para desincentivar tanto a los delincuentes que actúan en forma aislada como a las organizaciones dedicadas a la corrupción pública, al narcotráfico, o al terrorismo."
Ahora bien, cabe preguntarse si la extinción de dominio no vulnera el derecho a la propiedad, consagrado como un derecho fundamental en la Constitución Nacional. El Gobierno aduce que no. "Lo que la Carta Magna resguarda son los bienes adquiridos legítimamente, no aquellos que provienen de una actividad ilícita", explican en la OA.
En el Congreso se presentaron diversos proyectos que instauran la extinción de dominio: los diputados Elisa Carrió (Coalición Cívica); Sergio Massa y Graciela Camaño (Frente Renovador); los radicales Miguel Bazze y Héctor Gutiérrez, y la vicepresidenta Gabriela Michetti se cuentan entre los impulsores. A diferencia del proyecto de la OA, que circunscribe esta acción a los delitos contra la administración pública y el lavado de dinero, los legisladores la extienden a los delitos complejos, como narcotráfico y trata de personas. El Gobierno optó, en cambio, por elaborar un proyecto específico para este tipo de casos, cuya redacción está en manos del Ministerio de Seguridad, a cargo de Patricia Bullrich.
El procedimiento
En la iniciativa de la OA, el procedimiento para la extinción del dominio comienza cuando este organismo o la Unidad de Información Financiera (UIF), ambos con facultades de investigación y de querella, advierten la existencia de un bien de presunto origen ilícito e inician una investigación preliminar. Acto seguido, la Procuración del Tesoro de la Nación junto al Ministerio Público, de contar con pruebas suficientes, impulsan la acción de extinción de dominio ante el juez.
Admitida la demanda, el magistrado notifica a la persona afectada, quien es la que deberá justificar el origen lícito de los bienes investigados. De no lograrlo, sobreviene la sentencia judicial y, de ser condenatoria, el bien pasa a la órbita del Estado.
¿Cuál es el derrotero de ese bien de origen ilícito en manos del Estado? La iniciativa propone crear una Agencia de Administración y Remate de Bienes Recuperados que funcionará como ente autárquico en el Ministerio de Justicia. Su finalidad "propenderá a la administración, asignación, remate y venta anticipada de los bienes" de origen ilícito, reza la propuesta.
Asimismo, se añade que los fondos recaudados con la venta serán destinados en partes iguales a programas de transparencia y lucha contra la corrupción; el fortalecimiento de las instituciones destinadas a la prevención, investigación y persecución de los delitos contra la administración pública y el lavado de activos; y la inversión en infraestructura educativa.
Tanto el Gobierno como los legisladores de la oposición que abrazan esta herramienta enfatizan que está en línea con lo que recomiendan los principales tratados internacionales contra la corrupción a los que suscribió nuestro país. Resaltan, además, sus resultados auspiciosos en las naciones donde se aplica.
"En Colombia, la aplicación de la extinción de dominio ha permitido recuperar para el Estado 3000 millones de dólares en los últimos tres años", enfatizó el diputado Gutiérrez. "Debemos avanzar en una ley que sirva para restar poder económico al delito y para resarcir económicamente al conjunto de la sociedad", sostuvo, por su parte, el radical Bazze.
Seis claves de una iniciativa audaz
De qué se trata
La extinción de dominio consiste en la pérdida del derecho de propiedad sobre un bien producto de actividades ilícitas, que pasaría al dominio del Estado, sin compensación para el propietario o poseedor
Derecho a la propiedad
La Oficina Anticorrupción dice que no viola este derecho por cuanto la Constitución resguarda sólo los bienes de origen lícito
Antecedentes
Se aplica en varios países europeos, en Estados Unidos y la región
Sin condena previa
La extinción de dominio se aplica independientemente de una condena previa. La acción persigue a los bienes, no al sujeto.
Bienes recuperados
Los bienes recuperados son administrados por una agencia adhoc. Los fondos producidos de la venta o remate irán a prevenir la corrupción y a la infraestructura educativa
La iniciativa
La autora de la iniciativa es Laura Alonso, directora de la Oficina Anticorrupción
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