De prosperar el proyecto, la provincia deberá contemplar un porcentaje del Presupuesto para la capital bonaerense. El oficialismo lo rechazó y el senador por La Plata del Frente de Todos, Omar Plaini, se abstuvo. Desde Juntos por el Cambio, impulsor del proyecto, se manifestó el intendente Julio Garro agradeciendo el acompañamiento.
El Senado bonaerense, con el voto afirmativo de Juntos por el Cambio y el rechazo del Frente de Todos, dio media sanción a la creación de una Tasa de Capitalidad para La Plata.
El proyecto es una iniciativa del Senador por la octava sección, Juan Pablo Allan, del Pro. También contó con el impulso de la otra senadora amarilla platense, María Florencia Barcia.
En tanto que el legislador por la minoría Omar Plaini (FDT) se abstuvo en la votación.
Por su lado el intendente Julio Garro agradeció la media sanción. "Es un paso más hacia el reconocimiento que La Plata merece", aseguró. El proyecto se giró a Diputados.
Agradezco al @SenadoBA por la media sanción al proyecto de ley que crea la Tasa de Capitalidad. Especialmente a los senadores de @juntoscambioar que trabajaron muy duro. Es un paso más hacia el reconocimiento que La Plata merece. Esperamos la aprobación definitiva en Diputados.
— Julio Garro (@JulioGarro) November 5, 2020
Según el proyecto, se crea para la ciudad de La Plata "una contribución especial por su condición de capital de la provincia, sede de los tres poderes públicos, Organismos de la Constitución, Organismos Descentralizados y demás organismos provinciales".
En Plenario de Comisiones tuvimos un debate amplio y plural por ley de #capitalidad de #LaPlata. Este derecho está reconocido desde hace 30 años en distintos convenios, decretos y ordenanzas, pero su cumplimiento fue muy irregular. Una ley asegura el cobro de manera definitiva!👇 pic.twitter.com/SssYC5UBy0
— Juan Pablo Allan (@jpabloallan) October 28, 2020
En ese aspecto, establece que la Provincia deberá contemplar en el presupuesto general de gastos y recursos una partida específica anual en concepto de compensación por capitalidad. Esta partida no podrá ser inferior al 0,22 por mil ni superior al 0,45 por mil del presupuesto general.
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