El ex Presidente de la entidad presentó un amparo contra el proceso electoral. Criticó el nuevo estatuto que establece "restricciones" a la participación. La Justicia rechazó la medida.
Omar Goye vio trunca su posibilidad de competir en las elecciones para la renovación del Consejo de Administración de la Cooperativa de Electricidad Bariloche (CEB), luego que la Junta Electoral de esa entidad avalara las impugnaciones que interpuso el oficialismo de la Lista Roja. Pero además, tampoco prosperó el amparo que presentó en la Justicia contra el proceso electoral, en el que cuestionó la aplicación del renovado estatuto interno, que, según esgrimió el ex Intendente, es "restrictivo" de la participación.
Goye realizó la presentación en su condición de apoderado de la lista Bordó y Verde. Pero la Cámara Civil de Apelaciones rechazó esa acción de amparo argumentando que "no se advierte el perjuicio o la restricción aducida".
"Se ha convocado al proceso eleccionario basándose en un estatuto social reformado que no es el estatuto vigente para los asociados, pretendiéndose hacer participar a los asociados en una elección con fundamento en un Estatuto Social no vigente", había señalado Goye en su presentación, y sumó que "la nueva redacción del artículo 60 impone restricciones severísimas para ser Consejero, vulnerando los derechos políticos de los asociados con antigüedad suficiente para ser delegado, afectándose los derechos de innumerable cantidad de asociados que legítimamente podrían acceder a conducir la Cooperativa y se le cercenan los derechos a elegir y ser elegidos, en contra del sistema democrático que debe primar en dichas organizaciones".
La CEB respondió que "tanto la versión actual como la anterior del estatuto, en modo alguno le restringe, condiciona o cercena derechos o libertades del presentante".
La Cámara hizo suyos esos argumentos, y estimó que la "arbitrariedad e ilegalidad" pretendida "no parecen encontrarse en el caso que nos ocupa con la claridad que doctrinaria y jurisprudencialmente se requieren como para viabilizar una acción de ésta naturaleza".
Además, recalcó que "el defecto que señala el amparista -Estatuto social no vigente- no es tal, desde que la autoridad de aplicación, es decir, el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social , dependiente del Ministerio de Acción Social hubo, mediante resolución nº 6011/14 del día 27 de noviembre del corriente, aprobado el Estatuto Social reformado por la actuación de los órganos naturales de la asociación cooperativa, nos referimos a la Asamblea, máximo autoridad en organizaciones de este tipo".
En relación al proceso electoral, la CEB informó que la Junta Electoral determinó la oficialización de los tres candidatos del oficialismo, ante deficiencias en las presentaciones de postulantes de las listas Bordó y Verde, y Azul.
Comentá la nota