Desde la Municipalidad anunciaron que se apelará el fallo. La medida beneficiaría a cinco ex funcionarios que por vía judicial reclamaron vacaciones no gozadas entre 2018 y 2019. El fallo sienta un precedente ya que el ex intendente Arroyo presentó una demanda similar.
Finalmente la Justicia resolvió fallar a favor de los cinco ex funcionarios municipales de planta política, que integraron el gobierno de Carlos Arroyo, y ordenó al municipio el pago de las vacaciones no gozadas entre 2018 y 2019.
El fallo fue dictaminado por el juez en lo Contencioso Administrativo Marcelo Fernández, quien resolvió en favor de los funcionarios y de este modo marcó un precedente de aquí en más para este tipo de conflictos. Es importante recordar que el ex intendente Carlos Arroyo presentó una demanda de similares características.
Los funcionarios Patricia Leniz (ex secretaria de Desarrollo Social), Gustavo Gil de Muro (ex subsecretario de Legal y Técnica), Susana Rivero (ex subsecretaria de Educación); Cristian Tait (ex director de Desarrollo Social) y Jorge Alí (ex jefe del Departamento de Abastecimiento de Recursos) habían presentado esta demanda en contra del municipio luego de que desde el palacio municipal se tomara la decisión de no pagarles la compensación por las vacaciones no gozadas.
De acuerdo con lo argumentado en el fallo, se destaca que existen antecedentes en los que el municipio reconoció el derecho de cobro de dos ex funcionarios por lo cual “resulta llamativo” que lo haya rechazado en este caso.
“Por vía de los Decretos 2281/18 y 1884/19, el Municipio de General Pueyrredón reconoció a dos ex funcionarios (que ocupaban cargos sin estabilidad en la órbita del Departamento Ejecutivo) su derecho al cobro de la compensación por vacaciones no gozadas relativas al año anterior al del cese (y las proporcionales devengadas en el año en que su renuncia se hizo efectiva), teniendo en consideración que el cese -por dicha renuncia- había impedido el goce de la licencia por descanso anual”, señaló el magistrado.
La resolución del juez indica que el pago deberá hacerse efectivo dentro del plazo de sesenta días. Según lo expresado por fuentes del municipio, el fallo será apelado..
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