Al intendente de Recreo le cuestionan su condena por un aborto y malversación de fondos. A Jalile, su postulación a un tercer mandato, en contra de la Carta Orgánica.
La presentación de Barrera señala que durante noviembre del 2009, el Concejo Deliberante de Recreo suspendió a Polti por 90 días, “luego del trámite judicial correspondiente, la Corte Suprema de Justicia impone la suspensión por 45 días dando la razón al CD respecto de los graves incumplimientos por parte del intendente en sus deberes como funcionario público”.
El escrito remarca que entre los hechos que se le imputan al candidato figuran “la malversación de caudales, ya que empleó en objetivos indebidos los recursos de las regalías mineras del municipio, siendo luego admitido por él, dando muestras de una indecorosa impunidad”.
“Dicha sanción que constituye un muy grave antecedente personal y político y coloca a Polti en la inhabilidad moral para el ejercicio de la función pública, conforme lo establece la propia Constitución de la provincia y el reglamento interno del Concejo Deliberante de Recreo”, señala la ex edil en su impugnación.
Condena judicial
Por su parte, la presentación de Nelly del Valle Mamondi , indica que Polti “fue recientemente a juicio oral por el delito de aborto seguido de muerte, siendo condenado a purgar tres años de prisión”. Asimismo indica que “próximamente una segunda causa será dilucidada en Juicio Oral, pudiendo ser dictada nueva sentencia condenatoria en sede criminal, que podrá llevar a Polti a tener que cumplir efectivamente la pena que eventualmente se le aplique”.
“Dicha sanción lo inhabilita para el ejercicio de la función pública conforme con lo establecido por la Constitución provincial”, manifiesta la presentación de Mamondi exhortando a “tomar todos los recaudos posibles para evitar que se llegue al escándalo institucional de que (Polti) sea electo y pretenda ejercer tan alto honor cívico una persona que no habría cumplido su deuda con la sociedad”.
Contra la re-re de Jalile
Por su parte, quien también recibió impugnaciones fue el intendente de Valle Viejo y candidato para su reelección, Gustavo Jalile. Integrantes de las Fuerzas Vivas de Valle Viejo presentaron la impugnación a la candidatura del jefe comunal chacarero en contra de su posible tercer mandato. En ese sentido, la militante radical e integrante de las Fuerzas Vivas chacarera, Elena Rizzardo indicó que como “somos simples ciudadanos militantes políticos que estamos defendiendo nuestro derecho como ciudadano, venimos a manifestar que Jalile quiere un tercer mandato y eso no está permitido por la Carta Orgánica de Valle Viejo”.
En ese sentido, la dirigente explicó que en el artículo 61 de la CO chacarera queda de manifiesto que “sólo se permite una (1) re elección”.
“Sabemos que él tiene que hacer su defensa, y en ello actuará el juez electoral. Creemos en la Justicia”, apuntó Rizzardo agregando que “estamos preparados para llegar hasta donde sea posible”.
“La ley está para respetarla y si no les gusta, que la cambien pero que no la violen porque no lo vamos a permitir bajo ningún punto de vista”, agregó por su parte el gremialista Juan Carlos Lancia.
Por último, los militantes convocan a quienes quieran participar este miércoles a las 20.00, de la reunión prevista en el Concejo Deliberante chacarero o en la plaza de San Isidro.
A la espera de las presentaciones contra Valdez y Ríos
Hasta el cierre de esta edición, las impugnaciones de Polti y Jalile eran las únicas que habían ingresado a la Justicia Electoral. No obstante, se esperaba que también ingresen impugnaciones para los intendentes de Belén, Daniel “Telchi” Ríos y de Fray Mamerto Esquiú, Humberto Valdez, por la imposibilidad de ir a un tercer mandato al frente de sus respectivas comunas.
Cabe resaltar que los únicos que pueden presentar impugnaciones son los apoderados de los partidos politicos y los interesados directos. Es decir, aquellas personas que quieren ocupar la candidatura del que impugnan.
Por otra parte, ayer ingresaron además varios pedidos de los mismos intendentes para poder competir por un tercer mandato, haciendo notar la inconstitucionalidad de las cartas orgánicas que así lo impiden, con de la Ley de Municipios que solo permite una re elección.
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