Un tribunal de Trabajo condenó al multimedios a pagarle una indemnización a un exempleado de LU9 que se jubiló, fue recontratado en LU6 y luego despedido. Para la Justicia, las dos emisora forman parte de "un grupo empresario".
Jorge Capdeville entró a trabajar en noviembre de 1983 a LU9 Radio Mar del Plata. A fines de 2007 se jubiló y renunció a su trabajo. Un mes después fue contratado por LU6 Emisora Atlántica. Duró poco: un año y medio después fue despedido. Se trata de dos empresas distintas en los papeles, pero iguales en la práctica. En las últimas horas, en un fallo inédito, un tribunal de Trabajo señaló que las distintas empresas que componen el multimedios La Capital constituyen un “grupo empresario” y por ende deben pagarle la indemnización al trabajador con los más de 30 años de antigüedad.
El fallo del tribunal 3 de Mar del Plata, integrado por los jueces Ricardo Scagliotti, Fernando Novoa y Rosa Gómez, condenó a las empresas Difusora Austral SA (LU9) y Editorial La Capital SA. A su vez, también amplía la condena en forma solidaria a Florencio Aldrey.
Capdeville trabajó durante 34 años en LU9. En 2007 inició los trámites jubilatorios, beneficio que se le dio en noviembre de 2007. En ese contexto, el 18 de diciembre renunció a su puesto en LU9. En la demanda, bajo el patrocinio de los abogados Eduardo Romanín y Mariano Andriotti Romanín, el exempleado denunció que Aldrey Iglesias lo incentivó a jubilarse con la promesa de contratarlo luego en LU6. Así, el empleador se ahorraba las cargas sociales y el empleado podía mantener su trabajo.
Tras su renuncia, en enero de 2008 Capdeville fue contratado en LU6, ya sin los beneficios de antigüedad, entre otros, que cobraba en la anterior emisora. De todos modos, entre la jubilación y su nuevo salario completaba lo mismo que percibía hasta 2007. Sin embargo, ese “acuerdo” duró poco. El 31 de julio de 2009 fue despedido de LU6.
Los jueces no pudieron comprobar que Capdeville fue instado a jubilarse por parte de la empresa. Si bien la lógica indica que una persona que tiene voluntad de seguir trabajando no se jubilaría para que lo contraten de manera irregular en otro trabajo, los elementos aportados no fueron suficientes para probar que la empresa fue la que le “sugirió” al empleado que se acometa a la jubilación.
Sin embargo, los jueces de todos modos hicieron lugar a la demanda de Capdeville. ¿Por qué? En la resolución se especifica que Difusora Austral y La Capital tenían en aquel entonces (hoy está en proceso de readecuación para cumplir la Ley de Medios) un mismo socio: Florencio Aldrey Iglesias. Y además “ambas empresas se dedican a la misma actividad económica”.
“En el Afsca LU9 y LU6 estaban identificadas como ‘Grupo Aldrey’”, señala la resolución a la que tuvo acceso 0223. Además, los jueces señalaron que en las publicidades La Capital se presenta como un “multimedios”. “Constituye un holding, grupo empresario o multimedios”, concluyeron los magistrados.
Con esos argumentos, los jueces entendieron que cuando lo despidieron de LU6 a Capdeville debieron haberle liquidado la indemnización con los años de antigüedad que sumó en las dos empresas el mismo grupo, entre otros ítems que no se tuvieron en cuenta.
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