El Partido Agrario y Social (PAyS) presentó un Proyecto de Ley a través del cual solicita que se convoque al pueblo de Misiones a un plebiscito obligatorio, vinculante e irrenunciable para el 23 de octubre del 2016, y que la ciudadanía se expida a favor o en contra de la construcción de las represas hidroeléctricas en la Provincia.
La iniciativa parlamentaria es de autoría del diputado Martín Sereno, y cuenta con el acompañamiento de sus pares de Bloque, Héctor Bárbaro y Myriam Duarte. Según explican, se busca instrumentar el plebiscito "ya que pasaron casi cuatro años de la aprobación de la Ley que lo habilita, y aún no se convocó de manera fehaciente", señalan en el texto.
Aclaran que la fecha sugerida es acorde a lo previsto en la Ley IV-Nº 56 "ya que se pretende celebrar el acto plebiscitario fuera de las elecciones generales". Asimismo indican que se prevé en el Proyecto la necesidad de interiorizar a la sociedad mediante publicidad oficial y charlas con especialistas para lograr la adecuada comprensión en cuanto a lo que se pretende votar, "ya que el acceso a la información e instrucción en éstos aspectos tienden a garantizar una óptima decisión en el electorado a la hora de votar".
Desde el Bloque destacan que "sabemos que los debates en torno a la política energética que se promueve se extendieron por más de dos décadas y continúa abierto", señala el proyecto del PAyS en sus fundamentos. Y considera que "ésta es la oportunidad para que el Estado ponga a disposición de la ciudadanía toda la información disponible en relación a los emprendimientos hidroeléctricos en curso (estudios técnicos, ambientales y socio-económicos; instrumentos legales en materia ambiental, etcétera) y para que del mismo modo "actúe en defensa de los intereses provinciales controlando e impugnando aquellos procedimientos arbitrarios e ilegítimos".
Enmarcado en legislación vigente
El proyecto de Ley presentado por el PAyS se respalda en lo que dispone la Ley IV-Nº 56, referida a la soberanía energética y el proceso decisional del patrimonio natural de los misioneros. Dicha norma declara que la Provincia "tiene la plenitud del dominio, imprescriptible e inalienable sobre los recursos naturales hídricos existentes en su territorio", y establece que "todo emprendimiento hidroeléctrico que requiera o utilice esos recursos de la provincia, debe contar con la participación del pueblo de Misiones e intervención activa del Estado provincial".
Los legisladores recordaron que "para la realización de emprendimientos hidroeléctricos y represas se requiere la participación previa del pueblo de Misiones, a través del mecanismo de plebiscito obligatorio, vinculante e irrenunciable, y cuyos efectos duran mientras las condiciones particulares e históricas que dieron motivo a la decisión del plebiscito perduren", según determina la Ley IV-Nº 56.
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