Así lo resolvió el Juez de Garantías de Villa Gesell, Dr. Mancinelli, en el marco de la causa que por amenazas se le iniciara al Jefe Comunal por sus manifestaciones públicas contra el Magistrado, las que formulara en una radio local en noviembre pasado.
En el marco de la denuncia penal (IPP 5250/18) que el Juez Santiago Cremonte le efectuó al Intendente Camilo Etchevarren por las amenazas públicas que efectuó través de FM Dolores, el Juez de Garantías de Villa Gesell Dr. David Mancinelli, dictó una prohibición de acercamiento del Jefe Comunal hacia el magistrado.
Sobre las manifestaciones y amenazas del Intendente Etchevarren que motivaron la denuncia, es de recordar que fueron vertidas el pasado 26 de noviembre en FM Dolores en un verdadero monólogo, que se prolongó por más de 17 minutos y donde atacó no solo al Juez Santiago Cremonte, sino que hizo aseveraciones e insinuaciones pretendiendo atacar la integridad moral del Juez de Garantías Dr. Christian Gasquet.
Con respecto a la resolución del Dr. Mancinelli, la misma fue dictada el pasado día 11 de diciembre y dice, que en base a la denuncia formulada, el acta de desgravación del audio y demás constancias, resultaban suficientes para abastecer la restricción de acercamiento formulada por la Fiscal interviniente, agregando que los derechos de las víctimas legislados en el artículo 83 inciso 6º del Código Procesal Penal, “tienden a la protección de las mismas contra las intimidaciones o represalias, por parte de quienes resulten afectados o vinculados a la investigación emergente de su denuncia”.
Por ello el Dr. Mancinelli resolvió “imponer a Luis María Camilo Etchevarren la prohibición de mantener todo tipo de contacto” con el Dr. Santiago Cremonte y su núcleo familiar conviviente, “como así también la prohibición de acercarse en un radio menor a los doscientos metros a la vivienda del nombrado”, con más la obligación de “alejarse y evitar cualquier tipo de hostigamiento hacia la víctima y su grupo familiar en caso de encuentro fortuito”.
La medida es por 90 días y el Juez dispuso que la Comisaría de Dolores notifique personalmente a Etchevarren de ello, indicando que la resolución la deberá cumplir bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 239 del Código Penal (1), ello sin perjuicio de la existencia de otras acciones punibles.
Por lo que se conoció, la causa para su instrucción será derivada a una Fiscalía del Departamento Judicial de Bahía Blanca, como todas las que involucran al Jefe Comunal o a miembros de su gabinete.
Art 239º “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones…”
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