El Ministro del Superior Tribunal de Justicia, Eduardo Hang, aseguró que de acuerdo a la legislación los menores pueden ser detenidos bajo determinadas circunstancias. Una es la habilitación de lugar adecuado para su detención.
“Los menores tienen un tratamiento especial pero si pueden ser detenidos, eso lo dicen concretamente los tratados y los Derechos del Niño”, dijo el ministro del Superior Tribunal de Justicia, Eduardo Hang, sobre la participación de los menores de 18 años en distintos delitos y que rápidamente recuperan la libertad o son entregados a los padres.
Hang explicó que la detención esta admitida por la Ley Nacional y el Código de Procedimiento de la provincia pero aclaró que “a lo mejor no hay donde meter al menor, no se puede poner con los mayores”. Detalló que la detención solo procederá cuando hay motivo para presumir que no va a cumplir órdenes de citación o si intenta destruir pruebas, inducir a falsas declaraciones u otras acciones que entorpezcan el desarrollo de la causa judicial.
Según circunstancias
“Uno menor imputable de entre 16 y 18 años acusado de homicidio pude ser detenido si las circunstancias lo requieren”, sostuvo Hang y agregó que si se comprueba que los padres del individuo lo tienen en situación de abandono, son las mismas convenciones mencionadas las que permiten que sean retirados de los padres y puestos a disposición de otras personas o instituciones que lo contengan.
El Ministro afirmó que “no llegan” a la instancia del máximo tribunal expedientes en los que se deba decidir sobre la detención de menores acusados de un crimen , afirmó que el Juez de Menores nunca hizo un planteo para que el STJ se haga cargo situaciones como la mencionada: “Nosotros podríamos establecer que se ponga un instituto para que se internen los menores de cierta peligrosidad, se vea su situación y se resocialicen”, ilustró Hang quien admitió que hay casos en los que menores delincuentes regresan a sus barrios de origen y tras reincidir “se convierten en héroes para sus amigos”.
El entrevistado afirmó que si una familia no está en condiciones de contener a un menor, esta debe pedir la suspensión de la Patria Potestad y solicitar una internación: “Esto ya está en la legislación”, continuó Hang y aclaró que a la instancia del Superior Tribunal de Justicia solo llegan causas en las que están involucrados menores de edad pero solo cuando también se encuentran implicados mayores.
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