A través de un nuevo pedido de informes presentado en el Congreso Nacional, el senador Marcelo Guinle requirió al Ministerio del Interior y Transporte que releve e informe sobre el grado de cumplimiento en los Aeropuertos de nuestro país de la Ley 22.341, que establece el Sistema de Protección Integral de Discapacitados.
El decreto reglamentario de dicha norma (914/97) estableció que las empresas de transporte aéreo de pasajeros debían adecuar las estaciones, sus instalaciones y equipamiento existentes, en un plazo no superior a tres años para que el servicio pudiera ser utilizado por personas con movilidad y comunicación reducidas, especialmente por los usuarios en sillas de ruedas.
Asimismo, ordenó que toda nueva infraestructura y las aeronaves que se incorporasen al sistema debían permitir el acceso a los aviones “en forma cómoda y segura, mediante sistemas mecánicos o alternativos, que excluyan el esfuerzo físico de terceras personas para los desplazamientos verticales”, asimismo disponer de sillas de ruedas cuyo ancho le permita circular por los pasillos del avión, asientos con apoyabrazos rebatibles y otras medidas relacionadas con la accesibilidad y seguridad de las personas discapacitadas.
“Lamentablemente a más de una década y media de dicho decreto, hoy es frecuente encontrarse aeropuertos y aviones que no satisfacen los requisitos establecidos en la normativa, perjudicando las condiciones de las personas con discapacidad a la hora de viajar”, alertó Guinle.
“Por dichos motivos es que a través del presente proyecto estamos requiriendo que el Ministerio del Interior y Transporte y los organismos correspondientes informen sobre cuáles han sido las acciones tendientes a la puesta en marcha de la reglamentación, las infracciones todavía existentes, el grado de control y las sanciones que la autoridad de aplicación ha fijado. Asimismo la política y acciones para que estas metas tengan cumplimiento efectivo en el presente y futuro”, explicó.
“Es evidente que estamos hablando de un importante sector de la sociedad que requiere de una tutela y protección especial por parte del Estado. La normativa en este caso es clara y específica, por lo que debe garantizarse, a través de los organismos de control, su cumplimiento efectivo por parte de los distintos actores del sector aerocomercial”, finalizó.
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