Lo hizo al presentar un nuevo per saltum. Busca así saltar a la Cámara, que debe pronunciarse sobre el fallo que declaró la constitucionalidad de dos artículos. Para los especialistas, el pedido no corresponde.
El per saltum , aclaró el ministro de Justicia, Julio Alak, no busca “solamente que la Corte haga cumplir el plazo final de las medidas cautelares, sino que se expida sobre la constitucionalida d de la ley”. Y agregó: “El Poder Ejecutivo pretende que haya una sentencia definitiva sobre todos los asuntos”, es decir la extensión de la cautelar y la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de los artículos 45 y 161 de la ley de medios.
Pero los constitucionalistas explicaron que así el Gobierno quiere saltar la instancia de la Cámara Civil y Comercial, que debe resolver la apelación del fallo del juez Horacio Alfonso sobre la causa de fondo, por parte del Grupo Clarín.
“En este caso el Gobierno obtuvo una sentencia favorable y está imposibilitado de apelar”, afirmó Andrés Gil Domínguez. En el mismo sentido, Gregorio Badeni dijo que “procesalmente sólo puede apelar aquella persona a la cual se le haya dictado una sentencia en contra. El per saltum sólo lo puede ejercer en este caso el Grupo Clarín”.
También el per saltum prevé “la existencia de una gravedad institucional”, señaló Badeni. Y añadió: “La Corte debería analizar si hay gravedad institucional o no, y si no la hay debería rechazarlo in limine ”.
Para Daniel Sabsay éste “no es un caso de gravedad institucional, porque afecta exclusivamente a las partes. En primer lugar, porque no es toda la Ley la que está suspendida, son solo cuatro artículos, especialmente dos, y solo para el Grupo Clarín, no para el resto. Pero además está modificando el derecho de toda persona a que un caso sea tratado por dos instancias y viola la garantía del juez natural, aquel que normalmente debería haber fallado”, planteó Sabsay.
En un comunicado, el Grupo Clarín refutó a Alak y afirmó que el ministro volvió a incurrir “en falsedades” sobre el multimedio y la causa judicial por la constitucionalidad de la ley.
El ministro, en conferencia de prensa, aseguró que “este recurso de per saltum pretende que una voz que ha sido votada por el Congreso de la Nación sea aplicable a todos los grupos que en la Argentina pretenden encuadrarse en la ley nueva de servicios de comunicación audiovisual”.
La Corte recibió ayer al mediodía el pedido de per saltum formulado por el gobierno para que intervenga directamente, salteando a la Cámara Civil y Comercial, para decidir si los artículos 45 y 161 de la ley de medios son constitucionales.
El escrito, firmado por el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y patrocinado por la procuradora del Tesoro, Angelina Abbona, invoca la “gravedad institucional” que implica que una ley sancionada por el Congreso y con un fallo de primera instancia que la respalda no puede aplicarse integralmente. El diputado del GEN-FAP, Gerardo Milman, señaló que “ resulta increíble que la gravedad institucional en la Argentina sean los dos artículos de la ley de medios cuestionados y no la inseguridad, ni la inflación”.
La Corte debe resolver si acepta o no el “salto de instancia” pedido por el gobierno. La semana pasada, la Corte rechazó un primer pedido de per saltum del Gobierno, sobre la decisión de la Cámara de extender la medida cautelar que suspende la aplicación de esos dos artículos de la ley de medios para el Grupo Clarín .
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