Fue una de las modificaciones que se dieron dentro del consenso entre los bloques.
En la cámara baja hubo consenso entre el oficialismo (FPV-PJ) y la oposición (FCS-Cambiemos) para aprobar el crédito por 13 millones de dólares que tomará el Ejecutivo con la Corporación Andina de Fomento (CAF) para la ejecución del Plan Estratégico de Turismo. El entendimiento vino con la modificación sobre algunos artículos (el 1º y el 7º) y la incorporación de otros (el 8º y el 9º).
La presidenta de la bancada oficialista, Cecilia Guerrero, indicó que "se llegó a un acuerdo para introducir modificaciones en particular”. Además, resaltó que el proyecto "permite dar una identidad turística a la provincia posicionándola como destino elegible”. En tanto, destacó la toma del crédito por la tasa de interés, que están "por debajo de las que cobran las entidades financieras”.
Por su parte, la diputada opositora Verónica Rodríguez resaltó que "se pudo consensuar modificaciones que enriquecen el proyecto a efectos de cumplimentar cláusulas constitucionales fijando pautas claras con respecto a cómo deben autorizarse los proyectos”.
En tanto, comentó que la provincia tendrá un plazo de 12 años para pagarlo, los primeros cuatro son un periodo de gracia y cada seis meses se abonará intereses. "Se prevé que el empréstito cubra el 76% del plan de infraestructura y el 24% restante con fondos provinciales”, remarcó.
A su turno, Miguel Vázquez Sastre resaltó el trabajo que se hizo "en un proyecto que envió el oficialismo” y que "nuevamente acompañamos decisiones importantes que lleva el gobierno de la provincia y como oposición estamos a altura de las circunstancias”. Además, solicitó celeridad a la cámara alta: "Sería bueno que en el Senado no pase como en proyectos anteriores de este tipo, que siempre hubo una demora”.
Modificaciones Dentro de los cambios acordados para el proyecto se encuentra el artículo primero. En éste se incluyó parte del texto por el cual se faculta "conforme a lo previsto en el artículo 174 de la Constitución de la provincia y según autorización de endeudamiento previsto en el artículo 23 de la ley 5464 del presupuesto de gasto y cálculos de recursos para el ejercicio financiero, al Poder Ejecutivo a subscribir con la CAF un convenio de préstamo”. Además, se agregó que "el monto del préstamo será deducido del importe total autorizado para endeudamiento por la ley 5464”.
El artículo séptimo también contó modificaciones. En éste, se establece que las contrataciones y adquisiciones a realizarse "para la ejecución de las obras previstas en el programa de infraestructura, quedan sujetas a la ley 2730 de obras públicas, ley 4938 de administración financiera del Estado y a las normas”.
En tanto, se incorporó el artículo ocho, el cual establece que el Ejecutivo "enviará, dentro de los 60 días de suscripción, el convenio celebrado con la CAF y el programa de infraestructura del plan de turismo a ambas cámaras con detalles de obras incluidas y cálculo de costo y precio”.
Por último, también se incorporó el artículo nueve. Éste indica que el Gobierno, "a través de los organismos pertinentes que designe, informará trimestralmente a ambas cámaras sobre el estado de ejecución y avance de las obras previstas en el programa de infraestructura”.
Media sanción para la moratoria
En la sesión de ayer también fue aprobado con media sanción el proyecto de la moratoria, denominado Régimen especial de regulación tributaria y adhesión de régimen de declaración voluntaria.El mismo tuvo modificaciones dentro de sus articulados. Para el caso, en el séptimo, quedó establecido que "la deuda a regularizar deberá incluir el capital adeudado más los accesorios y multas que correspondan, calculados desde la fecha de vencimiento -de cada una de las deudas que componen el plan de facilidades de pago- hasta la fecha de emisión del mismo”. El artículo 16 se modificó para que los contribuyentes que abonen en término y hubiesen cancelado sus obligaciones de los impuestos inmobiliarios a los automotores, se incluyan los ingresos brutos devengados al 30 de junio del 2016.Por otra parte, en el art. 20 se agregó que aquellos que se incorporen al régimen y cumplan los requisitos serán liberados del pago de los impuestos sobre los ingresos brutos y sellos, automotor e inmobiliario.
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