A partir del lunes, comienza la etapa anunciada por el presidente Alberto Fernández. Qué impacto tendrá en la ciudad.
Luego de que el gobierno nacional anunciara el fin de la etapa de aislamiento social preventivo y obligatorio en el Amba y la mayoría de los distritos de la provincia, a partir de este lunes y hasta el 29 de noviembre Las Flores será uno de los distritos bonaerenses que formarán parte del Distanciamiento, Social, Preventivo y Obligatorio (Dispo).
El decreto 875 fue publicado esta tarde en el Boletín Oficial, con la firma del Presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y todos los ministros.
En cada distrito se podrá circular sin la necesidad del certificado único para circulación, aunque las autoridades mantienen la utilidad del transporte público de manera exclusiva para los trabajadores esenciales.
Por otra parte, sostiene que solo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios si cuentan con un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial y restrinjan el uso de las superficies cerradas, permitiendo como máximo el uso del 50% de su capacidad.
Más allá de la expectativa que se generó por los anuncios, la disposición establece que los eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas seguirán prohibidos.
Asimismo, los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente, también continuarán prohibidos.
A su vez, seguirá prohibida la práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
También seguirán cerrados cines, teatros, clubes y centros culturales y el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados.
Según establece la norma, los lugares alcanzados por el Dispo a partir de este lunes y hasta el domingo 29 son:
– El Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA)
– Todos los restantes partidos de la provincia de Buenos Aires, con excepción de los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Laprida, Pila, San Cayetano, Balcarce, Castelli, Roque Pérez y Tandil.
– Todos los departamentos de las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Jujuy, Chaco, Córdoba, La Rioja, Mendoza, Salta y Tucumán.
– Todos los departamentos de Chubut, excepto el de Rawson.
– Todos los departamentos de Neuquén, excepto los aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala.
– Todos los departamentos de Río Negro, excepto los aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina.
– Todos los departamentos de San Juan, excepto los departamentos de Rawson, Rivadavia, Chimbas, Santa Lucía y Capital.
– Todos los departamentos de San Luis, excepto la Capital y General Pedernera.
– Todos los departamentos de Santa Cruz, excepto los aglomerados de la ciudad de Río Gallegos, El Calafate, Puerto Deseado y Caleta Olivia.
– Todos los departamentos de Santa Fe, excepto Rosario, la Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos.
– Todos los departamentos de Santiago del Estero, excepto los de Capital y Banda.
– Todos los departamentos de Tierra del Fuego, excepto Río Grande.
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