La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica también alertó sobre una serie de productos médicos.
A través de la disposición 498/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), prohibió «el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto ‘Aceite de Oliva’ extra virgen, marca Riojanita, Producto Regional».
Este aceite de oliva, según se detalla en la disposición publicada en el texto oficial, “no existe documentación que respalde la operatoria comercial relacionada con el producto en cuestión fuera del ámbito de la provincia de La Rioja, dado que no existe constancia documental alguna que acredite la venta del producto en cuestión, por lo que no corresponde a esta Administración iniciar sumario sanitario, sin embargo, corresponde prohibir el producto en cuestión a fines de proteger la salud de la población”, advirtió..
En tanto, en la disposición 497/2020, el organismo prohibió dos bombas de infusión diseñadas para administrar fármacos, líquidos, soluciones, nutrición parenteral y transfusiones por vía intravenosa.
La decisión se produjo como consecuencia de que la empresa “Fresenius Kabi S.A.” (fabricante e importadora de productos médicos) denunció el extravío de ambas bombas de infusión de la marca Volumat (modelo Agilia, serie N° 21908802 y 21963097).
Por ese motivo, se sugirió prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de este producto, ya que se trata de unidades extraviadas e individualizadas, de las que se desconoce el estado y condición.
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