A meses del inicio de la implementación, son muchos los consumidores que desconocen cómo funciona el etiquetado.
Desde que empezó a tratarse el proyecto de una Ley de Etiquetado Frontal, la iniciativa recibió fuertes críticas y se ganó grandes grupos tanto de adeptos como de opositores. Pero sucede que, con los octógonos negros en las góndolas, gran parte de los consumidores desconoce cómo se calcula el exceso que indica cada sello o por qué los productos considerados saludables también tienen polígonos.
“Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud”, explica el sitio argentina.gob.ar.
Cuántos son los octógonos de la Ley de Etiquetado Frontal
En principio, los octógonos que pauta la Ley de Etiquetado Frontal son cinco e indican valores diferentes, por lo que las formas de medición también se aplicarán de forma distinta. Estos son:
- Exceso en azúcares
- Exceso en grasas totales
- Exceso en grasas saturadas
- Exceso en sodio
- Exceso en calorías
Además, la normativa implementó la utilización de dos rectángulos con información de advertencia para una población particular: los niños y niñas. Así se sumarían dos polígonos al etiquetado:
- Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as
- Contiene cafeína, evitar en niños/as
Cómo se definen los excesos de los octógonos negros
Los valores que se indican están relacionados a las calorías que aporta cada nutriente y al porcentaje que esas calorías representan en las calorías totales del producto.
Si las azúcares representan el 10% de las calorías de un producto (20% para Pymes), entonces deberá llevar el sello que indique “exceso de azúcares”. Lo mismo sucede con las grasas totales cuando el porcentaje sobrepasa el 30% y con las grasas saturadas para las que el porcentaje límite sin necesidad del octógono es del 10%.
El caso del sodio se mide de forma diferente ya que se aplica cuando un producto cuenta con un miligramo o más de sodio por cada kilocaloría.
Para la etiqueta de exceso de calorías hay una doble regulación para líquidos y sólidos. Esta debe aplicarse cuando haya más de 300 calorías o más cada 100 gramos de producto sólido o cuando haya 50 calorías o más cada 100 gramos de producto líquido.
Productos exceptuados del etiquetado frontal
Hay algunos productos que están exceptuados de tener las marcas que deben llevar los demás ante determinados valores. Se trata del azúcar común, los aceites vegetales, los frutos secos y la sal común de mesa, según el Ministerio de Salud de la Nación.
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