Cuatro partidos se disputan la gobernación de Santa Cruz, donde el Partido Justicialista triunfa electoralmente desde la recuperación de la democracia.
Al no adherir al sistema electoral de las PASO y establecer la Ley de Lemas, la provincia de Santa Cruz definirá su nuevo gobernador este domingo 13 de agosto. Para estas elecciones 2023 están habilitados 265.330 electores que decidirán entre 13 candidatos, convirtiéndose en el segundo distrito con menos caudal electoral del país, luego de Tierra del Fuego.
A pesar de que adhirieron su calendario electoral con el nacional, Santa Cruz dividió la definición de sus dirigentes en dos instancias: el próximo domingo definen gobernador, vicegobernador y 24 diputados provinciales junto con las PASO nacionales; mientras que en las fechas de las generales del 22 de octubre, escogerán 15 intendentes, 5 comisionados de fomento y 97 concejales.
Desde 1988, la provincia estableció el sistema de Ley de Lemas, que implica que cada partido puede presentar más de una lista de candidatos para el mismo cargo y, al finalizar el escrutinio, se le asignan los votos de todas las listas (o lemas) del partido al candidato más votado dentro de su espacio.
Elecciones en Santa Cruz: candidatos a gobernador
Unión por la Patria: el justicialismo, que gobierna en la provincia desde 1983, presenta tres listas encabezadas por el actual intendente de El Calafate, Héctor Javier Belloni (Nace Una Esperanza); el titular de la Federación Económica de Santa Cruz, Guillermo Polke (Unidos Por Santa Cruz); y el intendente de Río Gallegos, Pablo Grasso (Construyamos Juntos).
Por su parte, Juntos por el Cambio se dividió en dos lemas.
Cambia Santa Cruz: compiten dos sublemas, cuyos candidatos gubernamentales son la diputada nacional radical Roxana Reyes ( Juntos por Santa Cruz) y el empresario Mirey Zeidán (El Cambio Verdadero).
Por Santa Cruz: esta lista presenta seis sublemas, encabezados por Daniel José Gardonio, intendente de San Julián (Encuentro por Santa Cruz); el dirigente liberal Rubén Ferrara ("Movimiento Integración Liberal e Independiente (MILEI)"; el periodista Mario Markic (Consenso PRO Santa Cruz); José María Carambia, intendente de Las Heras (Cambiando Santa Cruz); Sergio Acevedo, exgobernador de Santa Cruz (Somos Santa Cruz); y Claudio Vidal, diputad nacional y dirigente petrolero (Santa Cruz Puede).
Frente de Izquierda - Unidad: Juan Manuel Valentín, referente del Partido Obrero en la provincia, será el único candidato del espacio.
Movimiento al Socialismo: el dirigente Gustavo Nauto del Nuevo MAS, referenciado con Manuela Castiñeira, será quien encabece el único sublema.
Elecciones 2023: cómo consultar el padrón electoral en Santa Cruz
Para consultar tus datos en el padrón, deberás ingresar a la página web de la Cámara Nacional Electoral, donde se te pedirá la información necesaria: Documento, Género, Distrito y texto verificador. Además, la consulta cuenta con un apartado de reclamos en caso de que los datos no sean correctos.
Además, la Cámara Nacional Electoral ya habilitó las consultas telefónicas al 0800-999-7237 para dudas respecto al proceso electoral. A la hora de ingresar el número, se te pedirá que especifiques Documento Nacional de Identidad (DNI) y género, y se brindará la información requerida al elector.
¿Qué pasa si no figuro en el padrón?
Bajo ningún concepto se admite el voto de alguien que no figure inscripto en el padrón electoral de la mesa. La publicación del padrón definitivo para las PASO de las Elecciones 2023 expuso la situación de muchos votantes que no se encontraban inscriptos en el Registro Nacional de Electores. La Cámara Nacional Electoral (CNE), dispuso un plazo para realizar esos reclamos, y ese período ya venció por lo que, quienes no figuren en el padrón definitivo, no podrán emitir su voto.
Según el artículo 33 del Código Nacional Electoral, los votantes “estarán facultados para pedir, hasta veinte (20) días antes del acto comicial, que se subsanen los errores y omisiones existentes en el padrón”. “Ello podrá hacerse personalmente o por carta certificada con aviso de recepción, en forma gratuita, y los jueces dispondrán se tome nota de las rectificaciones e inscripciones a que hubiere lugar en los ejemplares del juzgado, y en los que deben remitir para la elección al presidente del comicio”, continúa.
Qué documento es válido para votar
Según la Dirección Nacional Electoral (DNI), ente dependiente del Ministerio del Interior y organizador oficial de las Elecciones 2023 en Argentina, son 5 los documentos válidos para votar:
- DNI libreta verde y libreta celeste
- DNI tarjeta (incluso el que dice “no válido para votar”)
- Libreta de enrolamiento
- Libreta cívica
La página oficial del Gobierno establece que "se vota con el documento cívico que figura en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo. Si concurrís a votar con un documento anterior al que consta en el padrón, no podrás votar. El DNI en el celular no es válido para votar". Además, se aclara que no se considera probatorio de la identidad ningún comprobante de documento en trámite.
En Argentina, el sufragio es de carácter obligatorio y el artículo 125 del código electoral establece los montos económicos que deberán pagar las personas en caso de ausentarse para la votación: "Se impondrá multa de pesos cincuenta ($ 50) a pesos quinientos ($ 500) al elector mayor de dieciocho (18) años y menor de setenta (70) años de edad que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección". El monto, a su vez, dependerá de la cantidad de infracciones.
¿En qué casos estoy exceptuado de asistir a votar?
Quienes no concurran a votar tienen que justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral. De lo contrario, deben pagar una multa. Hasta tanto no se abone esa falta, los ciudadanos quedan registrados como infractores.
Por su parte, las personas de entre 16 y 17 años y los mayores de 70 no reciben penalidades en el caso de no participar de los comicios.
Quiénes están excluidos del Registro Nacional de Electores
Aquellas personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tiene que votar: deberá justificar ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
Están excluidos de ir a votar quienes:
- Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
- Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar por las siguientes causas
- Los dementes declarados tales en juicio.
- Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena.
- Los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, por el término de tres años; en el caso de reincidencia, por seis.
- Los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble término de la duración de la sanción.
- Los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción.
- Los inhabilitados según disposiciones de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos.Los que en virtud de otras prescripciones legales y reglamentarias quedaren inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos.
- Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
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