Elecciones 2021: Herrera Ahuad encomendó al Tribunal Electoral y a los ministros de Gobierno y Salud, la elaboración de los protocolos para los comicios del 6 de junio

Elecciones 2021: Herrera Ahuad encomendó al Tribunal Electoral y a los ministros de Gobierno y Salud, la elaboración de los protocolos para los comicios del 6 de junio

Mediante el decreto 100 con fecha del 1 de febrero, el gobernador de Misiones instruyó el esquema a tener en cuenta para el acto eleccionario. Se contempla la obligatoriedad del uso de barbijos o tapabocas, rigurosa limpieza y desinfección de los lugares de votación, estricto distanciamiento entre personas y organización de horarios y establecimientos “en pos de la mayor seguridad epidemiológica-sanitaria”.

El gobernador de Misiones formalizó mediante un decreto, lo que ya había adelantado el pasado lunes vía redes sociales. Después de oficializarse la fecha de elecciones legislativas, previstas para el 6 de junio, Herrera Ahuad pidió al Tribunal Electoral “protocolos adecuados y aumentar el número de escuelas afectadas, extender el horario y extremar normas de bioseguridad para garantizar la salud de los ciudadanos”.

Este miércoles, con la publicación en el boletín oficial y mediante el decreto 100, el jefe del Poder Ejecutivo provincial, encomendó “en el marco de la pandemia de coronavirus Covid 19, la elaboración de protocolos y procedimientos sanitarios aplicables al proceso de los comicios convocados por decreto 95, al Tribunal Electoral de la Provincia de Misiones y a los ministros de Gobierno y Salud Pública, coordinadamente con sus respectivos ámbitos de competencia”.

 

En el decreto se aclara que, “deberán tenerse en cuenta los siguientes parámetros:

-la obligatoriedad de la utilización de barbijos y/o tapabocas

-la rigurosa limpieza y desinfección de los lugares afectados al comicio y proceso electoral.

-el estricto cumplimiento del distanciamiento entre personas.

-la maximización de los esfuerzos a los fines de optimizar la organización de los horarios y establecimientos para la emisión del sufragio, en pos de la mayor seguridad epidemiológica sanitaria.

El instrumento legal además instruye al ministerio de Educación, al Consejo General de Educación y demás dependencias y organismos del Poder Ejecutivo, “cuya colaboración resulte necesaria para el desarrollo del proceso electoral en un marco de seguridad epidemiológica, a prestar toda la colaboración que le fuera requerida por las autoridades electorales”.

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